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Caso Bankia

La Audiencia rechaza interrogar a la excúpula del Banco de España por el 'caso Bankia'

La Sala rechaza la petición de la acusación popular de que declaren como investigados el exgobernador Miguel Ángel Fernández, la ex cúpula del Banco de España y la CNMV porque "no ve intencionalidad" en la fallida salida a bolsa de Bankia, permitida por ambos organismos.

El auto se conoce días después de salir a la luz los correos del inspector jefe que predijo el "desastre" de la salida a bolsa y advirtió de la “socialización de las pérdidas”.

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Madrid

En un auto, dado a conocer el 17 de octubre, la Sala 3ª de lo Penal de la Audiencia tumba la petición para que declaren en calidad de investigados los máximos responsables del Banco de España y la CNMV en los años de la salida a bolsa de la entidad. En concreto, rechaza la declaración del ex gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez entre 2006 y 2012; Fernando Restoy, ex vicepresidente de la CNMV y consejero del Banco de España durante el proceso de constitución y salida a bolsa de BFA-Bankia; Jerónimo Martínez Tello, director de Cajas de Ahorro en 2008 y de Supervisión en 2009 hasta 2012 y Javier Arístegui, director de Supervisión de 2006 a 2009 y subgobernador desde entonces a hoy, entre otros.

Petición en saco roto

En el escrito, al que ha tenido acceso la Cadena SER, la Sala recuerda que la Fiscalía ya se opuso a esta petición en junio de 2016 desestimando el recurso de apelación del líder de UPyD, Andrés Herzog, portavoz de la acusación popular Confederación Internacional de Crédito (CIC). El juez de la Audiencia Fernando Andreu, instructor del 'caso Bankia', también rechazó la solicitud en un auto del pasado 1 de julio. Herzog recurrió en apelación y el ministerio fiscal volvió a desestimarlo en un informe dado a conocer dos semanas después, el pasado 14 de julio.

Según el escrito, la Sala asegura que ha “examinado realmente el recurso de apelación y aún pudiéndose aceptar las críticas que se vierten, entiende”que “aunque hubiera una conducta poco diligente” solo estarían tipificados los delitos de “estafa de inversores” para los Administradores de una sociedad emisora de valores negociados en los mercados de valores y, cabiendo solo la comisión dolosa, no se contemplan conductas negligentes o imprudentes”. Es decir, no hay pruebas taxativas de que ambos organismos reguladores tuvieran la intención de que Bankia quebrara tras su salida a bolsa. Además, los tres magistrados de la Sala hacen referencia a la falta de concreción penal de estos tipos penales.

El exlíder de UPyD, Andrés Herzog, critica a la Sala que rechace las citaciones por la falta de concreción de los delitos ya que se imputó a la auditora Deloitte de manera general -imponiéndole una fianza de más de 12 millones de euros- con menor responsabilidad en la supervisión de la entidad.

Predicción interna del “desastre”

La acusación popular teme que la instrucción se cierre en falso y deje de lado a los organismos supervisores a la vista de los numerosos indicios de criminalidad puestos de manifiesto en informes periciales, testificales y los correos -recién aportados a la causa- del inspector jefe del Banco de España, José A. Casaus, que avisó del "desastre" de la salida a bolsa y predijo la "socializacion de las pérdidas".

El exlíder de UPyD, Andrés Herzog, solicitó esta batería de declaraciones, tanto de la excúpula del Banco de España como la CNMV, tras conocer la declaración del inspector jefe del Banco de España, José A. Casaus, quien –en calidad de testigo- relató ante el juez Fernando Andreu las distintas alertas y advertencias que hizo para intentar evitar la salida a bolsa de BFA-Bankia, además de los indicios conocidos en los cuatro años de instrucción del 'Caso Bankia'. En varios correos electrónicos, conocidos hace apenas unos días, Casaus avisaba a sus superiores del organismo regulador de que la salida a bolsa sería un auténtico "desastre" e iba a suponer un agujero de 15.000 millones de euros -finalmente superó los 22.400 millones- y la "socialización de las pérdidas".

El auto, firmado por los magistrados Antonio Díaz, Clara Bayarri y Fermín Echarri, es firme y, por tanto, no cabe recurso.

 
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