Tribunales

Un activista antidesahucios, condenado por estafar a una familia con un hijo en estado vegetativo

El Supremo señala que se valió de la confianza que la familia había depositado en el para hacerse con 16.000 euros

La cantidad procedía de inversiones realizadas con la indemnización por el accidente que dejó al hijo en coma permanente

José Luis Burgos, apostado frente a la sede central del Banco Santander en Barcelona, el 17 de mayo de 2010. / Toni Garriga EFE

Madrid

El Tribunal Supremo ha condenado al activista antidesahucios José Luis Burgos por estafar a una familia con un hijo en estado vegetativo.

Los estafados, que residen en Jaén, habían recibido en el año 2.000 unos 300.000 euros de indemnización por las lesiones que había sufrido su hijo en un accidente de tráfico. Ese dinero lo destinaron, por indicación del banco, a productos financieros tóxicos tipo “preferentes”. Cuando quisieron recuperar la inversión, la entidad les dijo que ya no había dinero.

Y en este punto donde aparece José Luis Burgos, un conocido activista antidesahucios que llegó a Jaén recorriendo España a la busca de afectados por las hipotecas, por los desahucios y por la venta de activos financieros peligrosos. Burgos conoció el asunto y decidió prestar ayuda a la familia poniéndola en contacto con un despacho de abogados.

Este despacho logró, con la interposición de una querella contra los responsables del banco, la devolución de 200.000 euros. A partir de este instante, comienza a perpetrarse la estafa agravada por abuso de relaciones de confianza. Burgos se pone en contacto con la familia y le pide 16.000 para los letrados que han logrado el acuerdo.

A la familia el abono de esa cantidad le parece bien en un principio, pero tras una llamada a los abogados descubren que han realizado su labor gratuitamente. El dinero estaba en manos del activista, quien por el momento no ha devuelto cantidad alguna.

Ahora el Tribunal Supremo considera probado que Jose Luis Burgos es culpable de un delito de estafa agravada por lo que le corresponde una pena de prisión de un año y medio. El Supremo solo le ha perdonado el pago de una multa. El resto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén ha sido confirmada.

 
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