El Tribunal Supremo rechaza aclarar o suspender la condena de Francesc Homs
El alto tribunal rechaza las peticiones del exdiputado de aclarar o suspender su condena de un año y un mes de inhabilitación: entiende que queda claro que no puede ejercer como cargo electo y explica que su caso ya está en manos del Constitucional
Madrid
El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta definitivamente a Francesc Homs: la sala de lo penal ha decidido rechazar sus peticiones de, por un lado, aclarar su condena de inhabilitación, y por otro de suspender la ejecución de la misma, una vez ya ha abandonado el escaño.
Por un lado, los magistrados explican a Homs que no puede ejercer un cargo público ni en España ni tampoco en el parlamento europeo: "Debe entenderse que la pena de inhabilitación debe alcanzar a cualquier ámbito que implique el ejercicio de funciones públicas porque es en dicho ámbito en el que se comete el delito", explica el auto.
En su informe, la Fiscalía se había pronunciado en el mismo sentido, especificando que no puede ejercer un cargo público dentro o fuera de nuestras fronteras, por ejemplo como eurodiputado.
Sobre la petición de suspender la ejecución de su condena y permitir, por tanto, que todavía pueda ejercer como cargo público, los jueces también se oponen: el caso ya está recurrido en amparo ante el Constitucional y debe ser el tribunal de garantías el que decida: "El mero planteamiento de la posibilidad de una medida en sentido contrario, excepcional y limitada en el tiempo, exigiría en todo caso un análisis sobre la imposibilidad de evitar la consolidación de situaciones difícilmente reversibles que, en el caso de autos, carece de apoyo argumental alguno".
Con esta resolución del Supremo, la última esperanza de Homs está en el Tribunal Constitucional: el exconsejero del gobierno de Artur Mas dejó su escaño como diputado del Partit Demócrata de Catalunya el pasado 29 de marzo.