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Condena a una empresa por repartirse beneficios mientras recortaba sueldos

La Audiencia Nacional obliga a una empresa de reparto a indemnizar a sus trabajadores: sindicatos y empresa pactaron una bajada de sueldo a cambio de no repartir beneficios, y la empresa repartió 300.000 euros sacados de esas reservas

La empresa repartió 300.000 euros en beneficios / Getty Images

La empresa repartió 300.000 euros en beneficios

Madrid

Cuando los trabajadores de 'Sistema a Domicilio SD 2000', una empresa de reparto radicada en Vizcaya, firmaron su convenio colectivo en 2014, acordaron bajarse un 5% los salarios a cambio de que la empresa no repartiese beneficios entre sus socios. Con el tiempo, descubrieron que lo habían hecho, y habían repartido 300.000 euros salidos del fondo de reservas voluntarias donde había ido a parar el ahorro de la empresa. Ahora ha sido la Audiencia Nacional la que obliga a la empresa a indemnizar los trabajadores por esta "actuación empresarial abusiva". 

Según denunciaron los sindicatos, y según declara probado ahora la sala de lo social de la Audiencia Nacional, ese 5% del salario de los trabajadores se convirtió en una fuente de ahorro para la empresa junto con parte de sus beneficios, éstos últimos en la cuenta de reservas voluntarias. Fue en 2015 cuando, según la Justicia, la empresa repartió 300.000 euros sorteando la prohibición del convenio colectivo: el dinero no salió de los beneficios, sino de unas reservas voluntarias que habían engordado por encima de lo exigido legalmente. 

La sala es contundente a la hora de censurar la actitud de la empresa: es una "actuación empresarial abusiva" y un "manifiesto abuso de derecho, que quebró injustificadamente" el acuerdo alcanzado en el convenio colectivo. Destaca que la empresa se dedicó a llevar todos sus resultados económicos a las reservas voluntarias "superando con creces las exigencias legales" cuya finalidad no era otra que "su reparto entre los socios en una cifra muy relevante, con la clara intención de eludir el compromiso alcanzado". 

Los jueces entienden que la empresa debe indemnizar a los trabajadores: "El sacrificio salarial aceptado por los trabajadores se vería burlado frontalmente si admitiéramos un reparto de dividendos", explican en su sentencia.

Convenio recurrido

La sentencia también revela la conflictividad laboral en estos momentos en la empresa: en las últimas semanas, la Audiencia Nacional también ha tumbado algunos puntos del nuevo convenio colectivo, sentencia que también tendrá que ser declarada firme por parte del Tribunal Supremo. 

La vigencia del nuevo convenio, que recogía una bajada salarial del 7%, también ha influido a la hora de cuantificar la indemnización que la empresa debe pagar a sus trabajadores: finalmente, la sala deja la ejecución en devolver a los trabajadores el 5% de su sueldo entre diciembre de 2015 y septiembre de 2016. 

Emilio Cardero es secretario federal del sector de carretera del sindicato UGT, el mayoritario en la representación de los trabajadores de la empresa condenada.

Emilio Cardero (UGT), sobre la sentencia de la Audiencia Nacional

05:02

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Fuentes de la empresa aseguran que han llevado el caso ante el Tribunal Supremo, que consideran su actuación "conforme a derecho" y que siempre han actuado "de forma comprometida y responsable" con sus trabajadores. 

 
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