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El expresidente del Popular se queda sin indemnización millonaria

El Juzgado de lo Social número 33 de Madrid ha rechazado que el expresidente de Popular, Ángel Ron, pueda cobrar una indemnización millonaria por despido improcedente

El juez considera que no tenía contrato laboral cuando dimitió, sino que era mercantil, y apunta que existen “sospechas de una posible autocontratación fraudulenta"

El banco otorgó 24 millones en una póliza de seguro a Ron para que recibiera 1,1 millones anuales mientras viva

Ángel Ron, expresidente del Banco Popular, en una imagen de archivo / EFE

Madrid

Ángel Ron presentó una demanda contra Banco Popular para que le indemnizaran después de cesar como consejero del banco y como presidente. En ese momento, cobraba al mes más de cien mil euros ( 106.281,44 euros brutos) La indemnización ascendería asciende a 4,3 millones, mientras que la defensa la sitúa en 350.000 euros.

La sentencia precisa que cuando Ron fue nombrado director general el contrato no se formalizó por escrito ni se especificó si la relación de alta dirección sustituía a la laboral o esta quedaba en suspenso. "La ausencia de pactos al respecto determina que se deba considerar que la relación laboral común permanecía suspendida".

Autocontratación fraudulenta

 El juez afirma en la sentencia que existen "sospechas" acerca de "una posible auto contratación fraudulenta" a la vista de la documentación aportada por las partes, si bien no tiene en cuenta esta cuestión "porque los abogados no lo presentaron en sus alegaciones”.

Así, con independencia de estas sospechas, para el juez "lo acordado carece de validez si se llega a la conclusión de que en ese momento la relación contractual laboral estaba extinguida", ya que "en tal caso era imposible dejar suspendida una relación inexistente y nos encontraríamos ante un contrato carente de objeto, por lo que sería plenamente nulo".

 En la sentencia, el magistrado precisa que el Real Decreto 1382/85, permite a un trabajador con la relación laboral suspendida reanudarla "sin perjuicio de las indemnizaciones" a las que tenga derecho, excepto si se extingue el contrato especial de alta dirección al darse un despido disciplinario procedente.

 Sin embargo, en este caso, Ron "nada hizo para recuperar entonces la relación laboral común", sino que "optó por extinguir su relación de alta dirección para vincularse societariamente".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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