Tribunales
Lucha antidroga

La Fiscalía da órdenes para evitar absoluciones de grupos de narcos

El Fiscal General insta a sus especialistas antidroga que, cuando un caso parta de pinchazos telefónicos de una investigación previa, se aporten cuanto antes todas las resoluciones que justificaron esa primera intervención para evitar más absoluciones

Alijo intervenido en Tarifa el pasado mes de octubre / Guardia Civil

Madrid

La Fiscalía General del Estado ha enviado una instrucción a sus subordinados para evitar que los condenados por narcotráfico sean absueltos cuando su caso llegue al Tribunal Supremo por un error evitable: en casos que hayan nacido de pinchazos telefónicos practicados en otras investigaciones, los fiscales deben instar cuanto antes que se aporte a la nueva causa toda la documentación que justifica y sustenta esas primeras intervenciones telefónicas. 

La instrucción firmada por José Manuel Maza explica que aportar esta documentación es obligatorio después de la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en 2015, y que sólo en el pasado mes de abril el Tribunal Supremo absolvió a dos grupos de traficantes de droga porque nadie había aportado al proceso las resoluciones judiciales que justificaron los pinchazos telefónicos de los que nació la causa. 

Los fiscales tendrán que solicitar esta incorporación de los testimonios de la causa matriz a la causa derivada a partir de ahora: es una diligencia "fácilmente practicable" y no ponerla en marcha puede tener unos "efectos gravísimos", por lo que se hará "siempre y desde el primer momento". Cuando llegue la hora de presentar escrito de acusación, los fiscales también tendrán que comprobar si esta documentación ya figura en la causa o si es necesario solicitarla. 

Esta orden se extiende, explica el texto, a cualquier otra diligencia que pueda suponer una restricción de los derechos fundamentales, en este caso el del secreto de las comunicaciones. 

Mil kilos de cocaína, dos kilos de heroína

La Fiscalía pone dos ejemplos encima de la mesa en los que el Tribunal Supremo ha absuelto a grupos de traficantes de droga por este motivo. El primero incluye a tres personas condenadas a penas de entre 9 y 10 años de cárcel y multas que suman más de 200 millones de euros tras ser detenidos en aguas internacionales en mayo de 2015 con una tonelada de cocaína procedente de las Islas Barbados, valorada en más de 36 millones de euros. 

La otra sentencia absolutoria dejó en nada las condenas de más de seis años impuestas a seis personas involucradas en el traslado de dos kilos de heroína desde Madrid hasta Galicia, droga valorada en casi 250.000 euros.

En ambos casos los jueces de la sala de lo penal del Supremo optaron por la absolución y anulación de todas las pruebas al no haberse aportado todo el material relativo a los pinchazos telefónicos, sin que ni el juez instructor ni el fiscal lo hubiesen solicitado. En un caso, los jueces del alto tribunal acusaron "la imposibilidad de "cualquier clase de control sobre la idoneidad, necesidad y proporcionalidad" de estas intervenciones de las comunicaciones por parte de otro juzgado. 

La instrucción de la Fiscalía especifica que, "como mínimo", habrá que instar la incorporación a la causa de la solicitud inicial de los pinchazos, la resolución judicial que da el visto bueno, las prórrogas y también los propios pinchazos. 

 
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