La Justicia ordena demoler una hípica construida en suelo protegido en Madrid
La Audiencia Provincial ha condenado a dos años de cárcel a la dueña de una hípica ubicada en Villanueva de Perales al haber edificado en territorio protegido en la cuenca de los ríos Alberche y Cofio: la sentencia también ordena demoler la hípica
Madrid
La Justicia ha ordenado tirar abajo una hípica construida sobre suelo protegido en Madrid. En una sentencia dictada recientemente, la Audiencia Provincial ha condenado a dos años de cárcel por un delito contra la ordenación del territorio a la dueña de esta hípica situada en la localidad de Villanueva de Perales, al oeste de la Comunidad de Madrid, por levantar las edificaciones sin licencia y en suelo no urbanizable.
La existencia de una normativa municipal que protege la zona ha salvado el caso del archivo, ya que el decreto que la Comunidad firmó en 2010 para incluir esta zona en la Red Natura fue anulado por el Tribunal Supremo y no se aprobó uno nuevo hasta marzo de este año considerando este territorio como Zona Especial de Conservación.
Según explica la sentencia a la que ha tenido acceso esta emisora, la condenada adquirió la empresa que explotaba la finca en el año 2009, y realizó diferentes construcciones y mejoras durante dos años sin tener ningún tipo de licencia, ni del Ayuntamiento de la localidad ni tampoco de la Comunidad de Madrid: un edifico de casi 200 metros cuadrados, boxes para caballos, una cocina, cuartos de herrajes, un lago artificial, un almacén y un recinto para que los animales caminasen.
Entre otros argumentos, la mujer alegó que ella se limitó a comprar una finca en la que "ya se desarrollaba una actividad hípica" y que lo único que hizo fue "continuarla, mejorando o acondicionando" construcciones ya levantadas. También aseguró tener permiso de consistorio y Comunidad aunque posteriormente reconoció que "entendió que como eran mejoras no era necesaria licencia", teniendo la preceptiva para realizar actividad hípica.
Tras examinar la documentación y las imágenes de la finca tomadas por los agentes forestales, los jueces de la Audiencia Provincial concluyen que "no cabe duda de que no sólo mejoró las construcciones existentes, sino que realizó construcciones nuevas", destacando también que "no tenía autorización ni del Ayuntamiento de Villanueva de Perales ni de la Comunidad de Madrid para la realización de las obras". Los jueces van un poco más allá y tachan de poco creíble que la mujer creyese que tenía la licencia necesaria: "No sólo carece de lógica sino que además resulta increíble en una persona de la cultura que se aprecia en la acusada y que pretende acometer un proyecto el cual, lógicamente, conlleva una elevada inversión".
Nutrias, águilas imperiales y cigüeñas
La sentencia impone una condena de dos años de cárcel y multa de 9.000 euros a la dueña de la finca por un delito contra la ordenación del territorio, pero rechaza aplicarle el agravante específico para los espacios naturales protegidos, en el que la Fiscalía basaba su petición de cinco años de prisión. En base a la normativa municipal, esa zona es suelo no urbanizable protegido al formar parte de, por ejemplo, una Zona Especial de Protección para las Aves, pero el decreto de la Comunidad de Madrid que en 2010 incluyó esta zona en la Red Natura 2000 de espacios protegidos fue anulado por el Tribunal Supremo en 2014 sin que el gobierno regional haya redactado uno nuevo hasta marzo de este año.
Por eso, dice la Audiencia Provincial, "no cabe entender, como mantiene el Ministerio Fiscal, que los hechos se han producido en un espacio natural protegido", aunque la sentencia sí refleja el testimonio de agentes forestales que explicaron que en esa zona hay nidos de águila imperial ibérica, una "especie bastante sensible a las molestias", de milano real, águila perdicera, cigüeña negra y dos especies de peces en peligro de extinción.
Uno de los forestales dijo que "el hábitat de la dehesa es, en sí mismo, de interés comunitario y debe ser conservado", añadiendo que "se ha visto afectado en su integridad" y concluyendo además que "el riesgo de grandes praderas de césped puede estar afectando a especies piscícolas e incluso a la nutria, que es una especia en peligro de extinción". Todo esto, reconoce el tribunal, "altera profundamente el hábitat de la zona".
Los jueces explican que las obras "no son autorizables" y que la actividad que desarrolló en la finca "podrían haber sido obtenidos", pero que no solciitó ninguno de los dos y que por tanto debe ser condenada.
Un "coladero" de construcciones
Esta zona de la región es un viejo campo de batalla entre gobierno y ecologistas por su protección. Fue precisamente Ecologistas en Acción quien llevó ante el Tribunal Supremo el primer decreto aprobado en 2010 y quien tampoco ve con muy buenos ojos el aprobado recientemente en marzo de este año. Ángeles Nieto es portavoz de Ecologistas en Acción en la capital:
"Es una de las zonas más valiosas de la Comunidad de Madrid"
02:57
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Su defensa recurrirá
Fuentes de la defensa de la mujer han confirmado a la Cadena SER que su intención es recurrir esta sentencia y llevar el caso ante el Tribunal Supremo: el recurso de casación todavía está pendiente de formalizar pero buscarán la absolución del delito urbanístico que le ha impuesto finalmente la Audiencia Provincial.
<p>SER Madrid Norte recorrió esta semana un tramo del Cofio en Madrid de la mano de Paco Colilla </p>
La hípica controvertida, por tanto, no será demolida todavía, sino cuando la sentencia sea declarada firme por el Tribunal Supremo y se proceda a su ejecución.