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SENTENCIAS

Un coaching víctima de cámara oculta pide al Constitucional que fije doctrina sobre su uso

Unos periodistas que se hicieron pasar por clientes grabaron sus sesiones para un programa de televisión

El recurrente sostiene que el Tribunal Supremo se ha separado “deliberadamente” de la jurisprudencia constitucional al anularle la indemnización que le concedió la Audiencia de Palma

Un coaching víctima de cámara oculta pide al Constitucional que fije doctrina sobre su uso / Pixabay

Un coaching víctima de cámara oculta pide al Constitucional que fije doctrina sobre su uso

Madrid

Un coaching de Mallorca ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la revocación de la condena al grupo Atresmedia a indemnizarle con 92.000 euros, después de que unos periodistas se hicieran pasar por clientes y grabaran las sesiones con una cámara oculta. El Tribunal Supremo casó la sentencia de instancia de la Audiencia de Palma.

El recurso que firma el letrado Jaime Campaner subraya que el tribunal de garantías ha declarado "proscrito" el uso de cámara oculta pero que las "desenfocadas y novedosas" interpretaciones del Tribunal Supremo "han abandonado consciente y deliberadamente" la "vinculante e imperativa doctrina del Tribunal Constitucional". Dice el recurrente que tenga o no relevancia pública lo investigado por el periodista "lo que está prohibido es la utilización del método de la cámara oculta sin que haya consentimiento". Sin embargo, el Supremo ha decidido "desafiar" al guardián de la Constitución manteniendo que "el procedimiento puede no ser ilegítimo si resulta proporcionado al interés público", lo que nos aboca, concluye, a un "proscrito escenario de inseguridad jurídica".

El recurrente considera vulnerados su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen porque "la grabación de las imágenes no fue consentida, aconteció en un lugar privado como es una consulta y se materializó con engaño por parte de los periodistas de la cadena del grupo Planeta simulando ser potenciales clientes interesados en estos servicios profesionales para provocar sus comentarios y reacciones". El derecho a la información, añade, "no está exento de límites" y las imágenes obtenidas se divulgaron respondiendo "a una absoluta manipulación informativa y a una deliberada tergiversación de la realidad".

El recurso ha entrado en la sección primera del Tribunal Constitucional que es la que tiene que decidir ahora si lo admite a trámite.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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