El Algarrobico está en suelo no urbanizable
El Tribunal Supremo ha anulado el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Carboneras (en Almería) en lo referente al Sector donde se levantó este polémico hotel y dispone que esos terrenos deben figurar como suelo “no urbanizable”.
Madrid
El alto tribunal confirma así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) al desestimar el recurso que el Gobierno local de Carboneras interpuso contra este fallo, que el 18 de julio del 2016 revocó el acuerdo del pleno municipal en el que fue aprobado dicho PGOU.
En su sentencia, el Tribunal Supremo dictamina que el Ayuntamiento de Carboneras, en el año 1997, antes de calificar como “urbanizable” el suelo donde se construyó este polémico hotel, tendría que haber tenido en cuenta que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar ya consideraba como “protegida” esta zona y, por lo tanto, no se podía urbanizar.
Javier Gregori
Periodista especializado en ciencia y medio ambiente. Desde 1989 trabaja en los Servicios Informativos...