El Supremo pide dar más valor al testimonio de una víctima de violencia machista
El Tribunal Supremo confirma una condena de casi 15 años de cárcel para un hombre que intentó asesinar a su exmujer con una escopeta y reclama más peso procesal para el testimonio de las víctimas de violencia machista en investigaciones

Getty Images

Madrid
Una víctima de violencia machista no es un simple testigo. El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de casi 15 años de prisión para un hombre que intentó asesinar a su exmujer con una escopeta en una localidad de Alicante, y aprovecha la resolución para criticar que la legislación actual no sitúe la declaración de una víctima de la violencia de género por encima de un testigo al no ser "mero testigo visual, sino un testigo privilegiado".
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, confirma 14 años y 8 meses de prisión para un hombre que, con una orden de alejamiento vigente, viajó más de 400 kilómetros desde la localidad zaragozana de Belmonte de Gracián hasta un municipio cercano a la ciudad de Alicante para intentar acabar con su vida con una escopeta que el padre de ella guardaba en el cobertizo.
Una resolución en la que los magistrados del alto tribunal reflexionan sobre la condición de una víctima de violencia machista en un proceso judicial, y el valor de sus declaraciones. Una víctima, dicen, "en su categorización probatoria está en un grado mayor que el mero testigo ajeno y externo" y tratarlas como testigos "desnaturaliza la verdadera posición en el proceso penal de la víctima".
Los jueces explican que esto podría haberse afrontado en la aprobación del Estatuto de la Víctima hace ahora tres años, apuntando a la necesidad de reformar al Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) para que "habilitara una especial y privilegiada posición de la víctima del delito desde el punto de vista del proceso penal". No fue así, lamentan los jueces, y el nuevo texto se limitó a diferenciar entre víctimas directas e indirectas, mientras que "no realizó una modificación de la posición procesal de la víctima al margen, o por encima, de la mera situación procesal de “testigo” dentro de los medios de prueba.
Los magistrados destacan que "las víctimas se enfrentan a un episodio realmente dramático, por lo que la versión que puede ofrecer es de gran relevancia, pero no como mero testigo visual, sino como un testigo privilegiado". Puntualizan que no se trata de otorgar automáticamente más credibilidad a una víctima, sino de prestar "especial atención en la forma de cómo cuenta la experiencia vivida, sus gestos, y, sobre todo, tener en cuenta si puede existir algún tipo de enemistad en su declaración".




