Hasta nueve años de cárcel por meter cocaína en España oculta en muebles
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre cinco y nueve años de cárcel a los nueve integrantes de una organización de narcos que introducía cocaína en España camuflada como falsas mudanzas a través del puerto de Barcelona
Madrid
La Audiencia Nacional ha impuesto condenas de entre cinco y nueve años de cárcel a los nueve integrantes de una organización de narcotraficantes que introducía cocaína en España a través del puerto de Barcelona oculta en muebles, haciendo pasar el transporte de droga por mudanzas. La sala de apelaciones ha confirmado las condenas impuesta por la sección cuarta de lo penal, que incluye 34 millones de euros en multas y la expulsión de España de la mayoría de culpables.
Según la sentencia de la sala de apelaciones, que confirma en su mayoría la dictada hace un año por la sección cuarta de lo penal, cada acusado tenía su función de esta organización desmantelada en abril de 2016: unos conseguían la droga, otros planeaban los viajes y otros - españoles residentes en Perú que querían volver a España - ponían sus muebles para esconder la droga durante el transporte.
El primer aviso a la Guardia Civil llegó desde la agencia antidroga de Estados Unidos (DEA) que en 2015 alertó de la llegada de un contenedor al puerto de Barcelona cargado con más de 150 kilos de cocaína: un señuelo para comprobar qué controles pasaba este tipo de mercancías. La organización fue desmantelada durante el siguiente intento de envío de droga en una operación de la Guardia Civil denominada 'Molecular'.
34 millones de euros
Siete de los acusados reconocieron los hechos durante el juicio, aceptando condenas de entre 5 y 9 años de prisión y multas que, entre todos, suman 34 millones de euros, acusados de delitos contra la salud pública y organización criminal. La sala explica en esta sentencia que "ha quedado acreditado el concierto previo de todos los partícipes" y que si no siguieron haciendo lo mismo fue "por la desarticulación del grupo" por parte de la Guardia Civil.
La sentencia sólo modifica algunos aspectos concretos del fallo, por ejemplo en cuanto a la sustitución de la pena de cárcel de varios imputados por la expulsión de España durante ocho años. Los magistrados José Ramón Navarro, Eloy Velasco y Enrique López eliminan esta expulsión de uno de los acusados al entender que su aplicación ha sido "injustificada ante la falta de petición por la acusación" y sin que existiese ningún análisis "de las circunstancias del caso y la incidencia que la medida pueda tener en el arraigo o el derecho a la unificación familiar del condenado".
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