Tribunales | Actualidad
IMPUESTO HIPOTECARIO

Una jueza de Valencia anula el impuesto de una hipoteca firmada hace más de 12 años

Hace apenas dos días, un juzgado de Málaga ha condenado al Banco Santander a abonar el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) sobre un préstamo hipotecario de junio de 2014

Fachada de una entidad bancaria en Madrid. / J.J. Guillén (EFE)

Fachada de una entidad bancaria en Madrid.

Madrid

El juzgado de primera instancia número 25 bis de Valencia ha condenado al Banco Santander a abonar el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) sobre un préstamo hipotecario firmado el 14 de Agosto de 2006 al aplicar la nueva ley aprobada por el gobierno socialista por la que se hace responsable de ese impuesto al banco. La magistrada recoge, además, las tres sentencias del Tribunal Supremo que dan la razón a los ciudadanos.

La magistrada Pilar Navarro Andreu considera que "se ha atribuido abusivamente" el pago de este impuesto a la persona que solicito el crédito y condena al Banco Santander al pago de todos los gastos derivados de este transacción. El banco debe pagar 2.039 euros en total que se corresponden con los gastos notariales, gastos de gestoría, los gastos por el registro de la propiedad y los correspondientes intereses "cobrados de más de forma indebida".

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Valencia, pero la magistrada sanciona al Banco Santander al considerar que la reciente disposición del Gobierno ( Real decreto –ley 17/2018 ) por la que los bancos deben pagar este tributo, puede ser aplicado en este caso ya que "la voluntad del legislador se manifiesta cuando ordena que en las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, se considera sujeto pasivo al prestamista".

La juez de primera instancia utiliza además las tres sentencias dictadas este mes de noviembre por la sala III del Tribunal Supremo "que provocaron un cambio radical" en los usos de este tribunal para considerar "abusiva en su totalidad las cláusulas del impuesto porque sin negociación alguna atribuye al consumidor el pago de todos los impuestos".

En este sentido, la magistrada precisa que aunque el pleno de la sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha anunciado una jurisprudencia contraria a este cambio de criterio, todavía no se conocen sus argumentos jurídicos por lo que no pueden aplicar, "no consta a dia de hoy que haya sido pronunciada", concluye la juez.

Es decir, la juez ha sumado en esta sentencia la voluntad del legislador, las tres sentencias del Supremo que defienden a los consumidores de los bancos y el hecho de no poder aplicar una jurisprudencia que todavía no ha sido redactada.

La letrada Maria Jose Alamar, del despacho de abogados Aliter Abogados S.L, valora positivamente la novedosa apreciación del juzgado porque "se trata de una sentencia muy valiente, argumentada con mucho rigor y que puede ser clave para el futuro en otros casos similares".

El juzgado condena además al Banco Santander al pago de los correspondientes impuestos, 1.540 euros, "porque el interesado en tal operación es la entidad bancaria". También condena al pago de todos los gastos "abusivos" derivados de la gestión y a la "devolución de los intereses ordinarios cobrados de más de forma indebida".

Precedente similar en Málaga

Hace apenas dos días, un juzgado de Málaga ha condenado al Banco Santander a abonar el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) sobre un préstamo hipotecario de junio de 2014 al considerar que la reciente disposición del Gobierno por la que los bancos deben pagar este tributo "es tácitamente retroactiva".

La sentencia precisa que se "resuelve una laguna interpretativa", por lo que también puede aplicarse a las hipotecas suscritas con anterioridad a su entrada en vigor.

Argumenta que se puede hablar de retroactividad tácita ante "las normas interpretativas, las complementarias, de desarrollo o ejecutivas, las que suplan lagunas, las procesales y, en general, las que pretendan eliminar situaciones pasadas incompatibles con los fines jurídicos que persiguen las nuevas disposiciones, pues de otro modo no cumplirían su objetivo".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00