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Tribunal Constitucional

La tramitación insólita de las leyes de desconexión vulneró el derecho de participación política del Parlament

El TC resuelve que la tramitación de las leyes de referéndum y de transitoriedad del Parlament vulneró derechos de Cs. Estas dos leyes son uno de los ejes centrales de la acusación por desobediencia y rebelión que pesa sobre los acusados en el juicio por el Proces

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont sonríe a su llegada a la prisión de Neumünster (Alemania) / OLAF MALZAHN EFE

Madrid

El Tribunal Constitucional (TC) ha hecho públicas dos sentencias donde aseguran que los acuerdos del Pleno y de la Mesa del Parlamento catalán, de septiembre de 2017 que tramitaron la Ley del Referéndum de Autodeterminación y la Ley de Transitoriedad Jurídica , se hicieron vulnerando el derecho del resto de los diputados. En concreto, el tribunal se refiere a la vulneración de derechos a la participación política del Grupo Parlamentario de Ciudadanos que presento la reclamación de amparo.

Los jueces confirman lo que ya dijeron en la sentencia que declaró inconstitucional y nula la Ley 19/2017, de 6 de septiembre de referéndum de autodeterminación, ya que se había tramitado con “la existencia de vicios de procedimiento en la tramitación parlamentaria de la ley, al articular un insólito procedimiento legislativo no previsto en el reglamento de la Cámara".

Es decir, la mayoría parlamentaria pro activa al independentismo, tramitaron las leyes a través de un cauce insólito, buscando el escenario propicio al margen de la ley para que fueran aprobadas.

Improvisación deliberada

Estos acuerdos alteraron el orden del día de la sesión de dicho órgano y suprimieron todos los trámites reglamentarios y legales preceptivos para permitir que la citada proposición de ley fuese directamente sometida a debate y votación. Además, el acuerdo de la Mesa del Parlamento, denegó al Grupo Parlamentario de Ciudadanos el traslado de la solicitud del dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias.

"La mayoría se sirvió para improvisar y articular 'ad hoc' un insólito cauce en cuyo curso quedaban por entero a su arbitrio las posibilidades de intervención y los derechos del resto de los grupos y diputados", decían los jueces por unanimidad.

La resolución indica que los acuerdos adoptados por la mesa,, “determinaron la supresión de una serie de trámites en el procedimiento legislativo que condujo a la aprobación de la ley fuera de toda previsión del Reglamento del Parlamento de Cataluña y que afectó a las facultades que integran el ejercicio de la función legislativa de los recurrentes que forma parte del núcleo de su función representativa parlamentaria”.

Ley fundacional

Los jueces señalan en otra resolución que la ley del Parlamento de Cataluña 20/2017, de 8 de septiembre, de transitoriedad jurídica y fundacional de la República, también vulneró derechos de Ciudadanos porque la proposición de ley se tramitó y aprobó "al margen de cualquiera de los procedimientos legislativos y regulados en el Reglamento del Parlamento de Cataluña ya a través de una vía del todo inapropiada, que fue el artículo 81.3 del citado reglamento.

Así, el Tribunal recuerda que la sentencia por la que declaró inconstitucional y nula la ley de 'desconexión' ya señalaba que en la tramitación parlamentaria de esta norma incurrió en "muy graves quiebras del procedimiento legislativo, que afectaron sin duda a la formación de la voluntad de la Cámara, a los derechos de las minorías y a los derechos de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos mediante representantes".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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