Tribunales

El Supremo anula la condena de dos yihadistas por falta de garantías

La Audiencia Nacional tendrá que repetir el juicio que condenó a 17 años de cárcel a los dos acusados de fomentar el terrorismo extremista del Dáesh. Para ello, el tribunal dio credibilidad a un testigo y no justificó su anonimato a las defensas.

Agentes de la Policía detienen a un presunto miembro de un grupo yihadista. Imagen de archivo / Agencias

Madrid

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha revocado la condena de 17 años de cárcel a dos yihadistas residentes en Ceuta, donde se reunían para ensalzar acciones terroristas y escondían un arsenal de armas. Ahora, según la sentencia del Supremo de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo de Porres, la Audiencia tendrá que repetir el juicio por “quebranto de forma”, ya que la Sala no motivó lo suficiente la protección máxima de un testigo, manteniendo su total anonimato para las defensas.

Según la defensa de los procesados, “el testigo no declaró ante el juez de instrucción, imposibilitando que la defensa pudiera plantear algún tipo de estrategia para comprobar su credibilidad”; no pudieron trasladar al testigo “preguntas sobre los hechos objeto de acusación y basta acudir a la grabación del juicio para comprobar que no se permitió preguntar si el testigo había obtenido algún trato de favor caso de que tuviera procedimientos abiertos por tráfico de drogas”, o “por qué tardó 10 meses en denunciar los hechos si tenía miedo y qué había pasado con ese miedo 7 meses después del enterramiento de los armas y 7 años después de las reuniones del grupo terrorista en el garaje”.

El Supremo considera que la Guardia Civil no hizo las investigaciones posteriores necesarias que dieran mayor veracidad y pruebas a la declaración del testigo.

Armas y exaltación terrorista

Los dos procesados fueron condenados por mantener reuniones en la zona de Arcos Quebrados de Ceuta “para tratar temas de la yihad islámica, aprovechando las citas que en principio eran para el tráfico de drogas, llevando a cabo la radicalización salafista”.

En 2016, y tras los atentados de París en noviembre de 2015, el grupo terrorista del que formaban parte se radicalizó exaltando los atentados terroristas del DAESH con expresiones del tipo “esto es lo que hay que hacer en Ceuta, lo que han hecho en Francia, vivan nuestros hermanos”.

La policía encontró en el garaje de la propiedad de uno de los procesados, armas y pertenencias del tío de uno de ellos, condenado a 12 años de prisión por terrorismo en 2016. Entre el alijo encontrado, según el escrito, “un subfusil tipo MP5 del calibre 9mm Parabellum de fabricación iraní con cargados municionado de 26 cartuchos, en perfecto estado de funcionamiento; dos machetes y un cuchillo de grandes dimensiones”.

El traslado de las armas desde el garaje al descampado próximo al garaje del acusado, “fue con motivo de seguridad ante las detenciones que hubo en Ceuta donde fueron arrestados algunos miembros del grupo terrorista”.

 

 
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