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El Constitucional anula la norma para calcular la pensión del trabajo a tiempo parcial por discriminar a la mujer

El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado nula la norma para calcular la pensión de jubilación en el trabajo a tiempo parcial, al considerarlo 'discriminatorio para la mujer', que, según datos oficiales, ocupa el 70 % de estos puestos

La sede del Tribunal Constitucional / EFE - Archivo

Madrid

El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado nula la norma para calcular la pensión de jubilación en el trabajo a tiempo parcial, al considerarlo "discriminatorio para la mujer", que, según datos oficiales, ocupa el 70 % de estos puestos.

Ya el tribunal de Justicia de la Unión Europea había dicho en mayo que el sistema era discriminatorio, y ahora el Constitucional directamente lo elimina. La regla de cálculo de los periodos cotizados para los trabajadores a tiempo parcial mandaba calcular estos periodos multiplicando el tiempo trabajado por un coeficiente; el resultado es siempre un tiempo trabajado menor que el de un trabajador a tiempo completo.

El Constitucional dice que esto es penalizar dos veces a los trabajadores a tiempo parcial: su pensión ya es más baja porque trabajan menos horas que los empleados a jornada completa, con lo que su sueldo es mas bajo; no está justificado añadir a eso un mecanismo que reduce sus días cotizados.

Además, la estadística muestra que la mayoría de los contratados a tiempo parcial son mujeres, con lo que a la discriminación de jornada se le suma la de género. La decisión del Constitucional se aplicará a las nuevas jubilaciones que entren ahora en el sistema, no altera las situaciones administrativas ya firmes; la Seguridad Social trabaja ya en tener el sistema informático listo cuanto antes.

Los trabajadores a tiempo parcial ya cobran menos pensión que los de jornada completa, porque trabajan menos horas, luego ganan menos, cotizan menos, así que su prestación es más baja; si se le añade -como hace el sistema actual- otra penalización al reducir sus días cotizados con un coeficiente que sólo se les aplica a ellos ya es discriminación, dice el Constitucional; también de género, porque la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres.

El tribunal decide por ello eliminar ese coeficiente, una medida que se aplicará a partir de ahora, para los nuevos pensionistas.

Noticia elaborada con información de Rafa Bernardo

 
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