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Los portugueses ya no tendrán que hacer una "pausa" entre el fin de un matrimonio y la celebración del próximo

Una ley de 1966 obliga a los lusos esperar entre seis y diez meses para poder casarse por segunda vez

Un jurado internacional elige la mejor boda. / ANDREU DOZ PHOTOGRAPHY/BODAS.NET CHANCE

Lisboa

En 2017 los portugueses fueron los europeos que más se divorciaron: por cada 100 bodas celebradas se registraron 64,2 peticiones de divorcio. Sin duda, más de uno de los 22.000 matrimonios disueltos acabó porque uno o ambos miembros de la pareja habían pasado a amar terceras personas y decidido formalizar la ruptura de su relación con el fin de dar reconocimiento oficial a otra. El problema surge para quienes buscaron hacerlo rápidamente, y al acudir al Registro Civil descubrieron que una ley de la época de la dictadura de Salazar obliga a los lusos esperar un periodo de entre seis y 11 meses entre el fin de un matrimonio y la contracción del próximo.

El llamado “plazo internupcial” viene definido en una ley del Código Civil de 1966 y establece un periodo obligatorio de pausa entre el fin de un matrimonio –sea por divorcio, fallecimiento o la declaración de nulidad del mismo– y la celebración de segundas (o terceras, cuartas, quintas, etc.) nupcias. La legislación –que fue refrendada por las primeras cortes democráticas de Portugal en 1977, y que tiene como fin garantizar el orden moral– dicta que los hombres tienen que dejar pasar 180 días entre un matrimonio y otro, mientras que el tiempo de espera de las mujeres es de 300 días.

Cuando la ley fue redactada los juristas salazaristas argumentaron que la pausa femenina tenía que ser mayor para disipar dudas sobre la paternidad de los hijos nacidos después de la celebración de la segunda boda. Pese a todos los avances médicos de las últimas décadas que permiten resolver dudas acerca de la paternidad de recién nacidos, a día de hoy sólo se permite reducir el tiempo de espera de las mujeres lusas que quieren casarse de nuevo si éstas obtienen un atestado médico que confirme que no están embarazadas.

Increíblemente, la legislación evidentemente discriminatoria y probablemente inconstitucional no fue cuestionada hasta 2017, cuando el marxista Bloque de Izquierda propuso modificarla para que los hombres y mujeres lusos observaran el mismo tiempo de espera de 180 días. La formación defendió la manutención de la pausa, no por alguna preocupación sobre el decoro, sino para dar tiempo a los trámites y las negociaciones que inevitablemente acompañan el final de un matrimonio y la celebración de otro. El gobernante Partido Socialista apoyó la idea, pero propuso reducir el tiempo de espera a 30 días, mientras que el único diputado del Partido de las Personas, los Animales y la Naturaleza (PAN) abogó por eliminar toda pausa obligatoria y dejar el asunto al criterio de los afectados.

Aunque los diputados del Partido Social Demócrata (PSD) y el Partido Comunista Portugués (PCP) reconocieron que la ley era discriminatoria, se opusieron a su derogación al considerar que, incluso con sus fallos, facilitaba la presunción de paternidad; algunos incluso afirmaron que eliminar la ley sería poco feminista, pues pondría a las mujeres en la situación incómoda de tener que declarar quién era el padre de sus hijos nacidos en segundos matrimonios de manera explícita ya que, a efectos prácticos, el Estado no podría asumir ese parentesco de manera de facto.

Las negociaciones se han alargado durante dos años, pero finalmente se ha llegado a un consenso eliminando toda referencia a la presunción de parentesco y suprimiendo todo tiempo de espera. Superadas las diferencias, este jueves todos los partidos salvo el conservador Centro Democrático Social (CDS) han votado a favor de eliminar el plazo internupcional en el Código Civil en la reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Derechos, Libertades y Garantías. Está previsto que el texto recibe el visto bueno del pleno del Parlamento en la votación del próximo viernes 19 de julio, y que el presidente de la República promulgue el cambio este mismo mes, por lo que a partir del 1 de septiembre –y tras más de medio siglo de largas esperas– los lusos que se divorcien o enviuden podrán volver a contraer matrimonio inmediatamente después de que registren el final del anterior.

 
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