Condenada a tres años de cárcel por llevarse a su hijo a Alemania sin permiso del padre
La Audiencia de Madrid ha confirmado la condena impuesta a una mujer que se llevó a su hijo de Madrid a Alemania en 2014
La sentencia, pendiente de ejecución implica su entrada en prisión y también la inhabilitación para la patria potestad durante siete años
Un tribunal alemán rechazó en 2016 que el niño tuviera que volver a España con el padre
Madrid
Una mujer ha sido condenada a tres años y un día de prisión por llevarse a su hijo pequeño a Alemania y mantenerlo allí desde hace cinco años sin el permiso del padre del pequeño, al que un año después se otorgó la custodia estando ella fuera del país. La Justicia española, en una sentencia a la espera de fase de ejecución, le atribuye un delito de sustracción de menores, le inhabilita para ejercer la patria potestad durante siete años y obliga a indemnizar al padre con 9.000 euros.
Según la documentación a la que ha tenido acceso la Cadena SER, esta mujer de origen brasileño tuvo un hijo con el denunciante en Madrid en 2013: seis meses después decidió llevárselo a una localidad de Alemania cerca de Nüremberg, según la Justicia sin el permiso o el conocimiento del padre. En 2015 un juzgado de Madrid daba tanto el derecho a la determinación del domicilio - "el ejercicio exclusivo de la patria potestad", dice la Audiencia - como la guarda y custodia del niño al padre, sin tener noticias de la "situación o estado" de su hijo y sin la intervención de la madre en el procedimiento.
Una vez en Alemania, la mujer - que estaba en situación irregular en España - se casó con un hombre, donde a fecha de hoy reside con el niño, donde un tribunal alemán estableció que debía quedarse allí. Ahora ha sido la Audiencia Provincial de Madrid la que ha confirmado la condena que le impuso un juzgado de lo penal de la capital: tres años y un día de cárcel - condena que tendrá que cumplir entre rejas - una indemnización de 9.000 euros para el padre y la inhabilitación para ejercer la patria potestad durante siete años y un día.
La sentencia, según explica un auto aclaratorio posterior, no es recurrible por la vía ordinaria y se encuentra ya a la espera de fase de ejecución y de recurso de amparo, según explican fuentes del caso. Un camino que puede alargarse en el tiempo teniendo en cuenta que, salvo cambio de las circunstancias, puede ejecutarse en Alemania.
"Existían alternativas posibles"
La sentencia, con el magistrado Juan José Toscano como ponente, rechaza los argumentos de defensa de la acusada: que un tribunal alemán rechazó devolver el niño al padre, que en ese momento no sabía que no podía llevárselo y que estaba "en estado de necesidad" al encontrarse en situación irregular y no haber obtenido permiso de residencia. También alegó que la sentencia que decidió la guarda y custodia no puede ser ejecutada al haber sido dictada en rebeldía sin intervención de la madre.
Los jueces contestan: "Existían alternativas posibles", como dejar al niño con el padre mientras se regularizaba su situación o llevárselo a Alemania pero con consentimiento paterno. "Que los progenitores tienen derecho a relacionarse con sus hijos menores de edad es, más que una norma, un principio de común conocimiento, como también que no puede uno de ellos apoderarse del menor impidiendo la regular relación con el otro", alega la sentencia.
Sobre la sentencia dictada por un tribunal alemán negando la entrega del niño a su padre en España en diciembre de 2016, los jueces de la Audiencia Provincial replican que no abordó la actuación de la madre que, de hecho, definen como "ilícita", negándose en ese momento a entregar al pequeño por su arraigo en Alemania y el tiempo transcurrido, entendiendo que se trataba de una faceta distinta del mismo asunto.
Treinta casos al año
Las estadísticas del registro de penados, que recoge en su página web el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) reflejan que cada año los tribunales españoles condenan a más de treinta personas por un delito de sustracción de menores, con 167 condenas dictadas entre 2013 y 2017, el primer año en el que existe estadística de este delito y el último del que hay datos disponibles.
Según estos datos oficiales del Registro Central de Penados en estos cinco años han sido condenados por este delito 85 hombres y 82 mujeres, con treinta y tres condenas de este delito contabilizadas en 2017. Según el Código Penal, este delito acarrea condenas de entre dos y cuatro años de cárcel además de la pérdida de la patria potestad.