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El Tribunal Constitucional suaviza un impuesto por la venta pisos

La Justicia considera que el impuesto es contrario a la Constitución por abusivo

Una casa en venta. / GETTY

Madrid

El pleno del Tribunal Constitucional ha anulado la plusvalía municipal cuando la cuota a pagar supera la ganancia obtenida, lo que supone un alivio para el propietario y una reducción de ingresos para el ayuntamiento.

Se trata del caso de un ciudadano que compró una casa en 2003 por 70.000 euros y la vendió por 73.000. Sin embargo, el impuesto de plusvalía le obligó a pagar 3.560 euros. El juez que instruyó el caso entendió que esos 560 euros que debía pagar eran injustos y el Tribunal de Garantías le da la razón.

El pleno del Tribunal Constitucional ya había anulado en 2017 el impuesto en los casos en los que no existía ninguna ganancia. Ahora da un paso adelante y declara nulo el impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbano, conocido como 'plusvalía municipal', cuando la cuota a pagar supera la ganancia obtenida por el contribuyente.

El Tribunal de Garantías acepta, en consecuencia, la interpretación que hizo el juez de Contencioso Administrativo número 32 de Madrid, Francisco Pleite, y le da la razón porque el impuesto es contrario a la Constitución por abusivo.

En consecuencia, ha declarado que el artículo 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado el 5 de marzo de 2004, es inconstitucional en el apartado referido al pago de la plusvalía municipal cuando la cuota del impuesto es superior a la plusvalía obtenida en la venta del inmueble.

El Tribunal Constitucional limita los efectos de su decisión a los casos que estén todavía en trámite, pero no aquellas que no hayan adquirido firmeza a día de hoy.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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