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Tribunales
Cataluña

La Audiencia rechaza una querella por lesa humanidad contra las fuerzas de seguridad el 1-O

El juez Ismael Moreno responde que la actuación de la Guardia Civil y la Policía Nacional durante el referéndum ilegal fue "proporcionada" y la querella presentada por unos particulares por un delito de lesa humanidad carece "del mínimo rigor" para ser tenida en cuenta

Imagen de la puerta de la Audiencia Nacional.

Imagen de la puerta de la Audiencia Nacional. / Archivo (Europa Press)

Imagen de la puerta de la Audiencia Nacional.

Madrid

El magistrado ha rechazado después de escuchar a la Fiscalía la querella presentada Jaume Comaposada Pla y otros particulares contra las fuerzas de seguridad del Estado que intervinieron durante la jornada del 1 de octubre de 2017 en Cataluña. Los querellantes atribuían a la Guardia Civil y la Policía Nacional un delito de crimen contra la humanidad por formar parte de un plan “estratégicamente organizado y fuertemente jerarquizado” desde las “altas estructuras del Estado” para llevar a cabo “un ataque sistemático e indiscriminado contra la población civil catalana”, que les llevó a actuar “violentamente contra ciudadanos indefensos que se disponían a ejercer su derecho al voto de forma pacífica”.

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En su escrito, el juez enumera los preceptos necesarios de acuerdo a la normativa internacional para que una acción pueda ser considerada como un crimen contra la humanidad, y de acuerdo con la Fiscalía concluye que no cabe aplicar esta tipificación delictiva y archiva la demanda.

En contra de la argumentación de los querellantes, el juez Ismael Moreno sostiene que la intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado fue “proporcionada y legítima”, y se produjo en respuesta a las “graves y violentas” alteraciones de orden público, tendentes a “subvertir” el orden constitucional.

El magistrado traslada la responsabilidad por los incidentes a los convocantes del referéndum ilegal, que alentaron la resistencia primero durante la jornada del 20 y 21 de septiembre de 2017, durante el bloqueo de la comisión judicial que registraba la Consejería de Hacienda. También con la campaña “Escoles Obertes”, por la que se convocaba a los ciudadanos a ocupar locales designados como centros de votación durante el referéndum. Según relata el juez, con esta acción, “se sometía a los llamados a un escenario indiscutible de riesgo” al oponerse a los agentes de la policía que asistirían al desempeño de sus funciones para mantener el orden constitucional.

 

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