Absuelta por el Supremo tras no compartir un premio especial millonario de lotería
La mujer se quedó 1,1 millones del premio especial a la fracción
Es absuelta porque en el grupo de varias personas que compartían los décimos no habían pactado la asignación de cuotas a ese premio especial
Madrid
El Tribunal Supremo ha decidido absolver a una mujer que se quedó un boleto de lotería premiado con más de un millón de euros por el premio especial a la fracción, en vez de repartirlo entre el resto del grupo con el que había comprado los décimos. Los jueces entienden que no cometió delito porque no habían pactado qué pasaba con ese premio especial concreto.
Según la Justicia, esta mujer era desde hace 15 años la encargada de adquirir décimos de Lotería Nacional que compartía con varias personas en los sorteos de los jueves y los sábados: ella compraba y repartía los billetes con un recargo del 10%. En este caso todos los décimos resultaron premiados a 30.000 euros por cabeza pero, además, uno de ellos fue premiado con 1,1 millones de euros por el premio especial a la fracción.
La encargada de gestionar los boletos se hizo también con las riendas del reparto tras el sorteo y decidió quedarse con el que traía el premio especial de más de un millón de euros. Fue llevada ante la Justicia por tres miembros del grupo a los que se repartió el décimo después del sorteo y la Audiencia de Alicante le impuso un año y medio de prisión por apropiación indebida.
Ahora ha sido el Tribunal Supremo, con Andrés Martínez Arrieta como ponente, el que ha optado por la absolución destacando que en ningún momento se produjo un pacto previo sobre el premio especial concreto de la fracción. La mujer, según los jueces, no estaba obligada a repartir los décimos de una determinada manera ni había ninguna norma específica sobre ese posible premio especial.
"El contrato se cumplió"
La sentencia, que cuenta con dos votos particulares contrarios de Carmen Lamela y Julián Sánchez Melgar, explica que "no se habían determinado las fracciones que correspondían" a cada miembro del grupo y que por tanto la mujer "repartió los billetes premiados en la cuantía que cada uno jugaba, el contrato se cumplió", recordando eso sí a los afectados que pueden reclamar el dinero por la vía civil.
Los dos magistrados discrepantes entienden que el hecho de que no existiera una asignación de cuotas no impide entender que la mujer haya cometido un delito. Se asignó el décimo premiado con más de un millón de euros "a su conveniencia, una vez que le consta la concreta fracción premiada".