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La Fiscalía suspende los puntos de encuentro familiar para la entrega de menores con custodia compartida

Suspenden las visitas en los puntos de encuentro familiar y si es la entrega y recogida del menor se tiene que hacer necesariamente en un punto de encuentro familiar hay que designar a una persona de confianza

Una niña juega en casa. / Jesús Hellín - Europa Press - Archivo EUROPA PRESS

Madrid

La Fiscal de Sala Delegada contra la Violencia sobre la Mujer Pilar Martín Nájera ha dictado una nota de servicio interno para unificar criterios respecto al régimen de intercambio de los menores en los puntos de encuentro.

El escrito de la Fiscalía precisa que "ante algunos problemas de interpretación respecto a la aplicación del régimen de visitas y con el propósito de unificar criterios en toda España, la Fiscalía suspende las visitas en los puntos de encuentro familiar (PEF) y si la entrega y recogida del menor se hace en un punto de encuentro familiar se tiene que designar a una persona de confianza por haber una prohibición de aproximación vigente, los progenitores habrán de designar una persona de su confianza para que proceda a las entregas y recogidas en la puerta del centro o en un lugar distinto y más próximo a sus domicilios con la finalidad de limitar hasta donde sea posible la estancia de los menores en la vía pública.

Orden alejamiento

Cuando se trate de un régimen de visitas cuya entrega y recogida se haya designado en el PEF por haber una prohibición de aproximación vigente, los progenitores habrán de designar una persona de su confianza para que proceda a las entregas y recogidas en la puerta del centro o en un lugar distinto y más próximo a sus domicilios con la finalidad de limitar hasta donde sea posible la estancia de los menores en la vía pública, siempre que se respeten las limitaciones que en su caso se hubieran acordado judicialmente.

Si los progenitores no designaran a persona de su confianza para proceder a la entrega y recogida de los menores, la Fiscalía debe solicitar la suspensión del régimen de visitas, en base a proteger y garantizar la salud del menor, sin perjuicio de su posible compensación cuando cese la situación de alerta sanitaria.

Supervisores

Las visitas supervisadas a través de los profesionales de los PEF, por razones evidentes de seguridad del menor,precisa la Fiscalía, "habrán de suspenderse, sin perjuicio de su posible compensación una vez superada la situación de alerta sanitaria".

Unas horas

La orden de la Fiscalía añade que "si el régimen de visitas fuera de solo unas horas al día y sin pernocta, los/as Fiscales solicitarán la suspensión temporalmente, por no resultar ni proporcionado ni razonable con la duración de la visita el tiempo de exposición del menor en la vía pública para la entrega y recogida.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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