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Coronavirus Covid-19

El proyecto de Justicia para cuando acabe el estado de alarma que mira a las familias

El Ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, presentará el martes al Consejo de Ministros un decreto-ley de medidas urgentes para paliar los efectos de la pandemia en los tribunales. Una norma con una serie de medidas que se aplicarán en todos los órdenes, civil, penal, contencioso y social y qué entrarán en vigor durante tres meses en cuanto se levante el estado de alarma

Reunión con los representantes de abogados, procuradores y graduados sociales.TSJMU

Madrid

El proyecto del real decreto ley pretende adoptar las medidas organizativas y procesales que permitan la activación de la Justicia y eviten el colapso de los Juzgados y Tribunales con el previsible aumento de la litigiosidad.

El borrador del proyecto a cuyo contenido ha tenido acceso la Cadena SER, trata de optimizar los medios personales y materiales existentes y, al mismo tiempo, establecer normas procesales temporales que faciliten la celeridad de los procedimientos.

Custodia

Entre otras medidas procesales urgentes que el anteproyecto anuncia que se resolverán a través del procedimiento especial y sumario se encuentran todos aquellos casos que afecten al restablecimiento del equilibrio en el régimen de visitas o custodia compartida cuando uno de los progenitores no haya podido atender el régimen establecido por el estado de alarma.

Ademas, se pondrán con el sello de prioritario las que tengan por objeto solicitar la revisión de las medidas definitivas sobre cargas del matrimonio, pensiones económicas entre cónyuges y alimentos reconocidos a los hijos. Pero teniendo en cuenta que esta revisión se solicita por haber variado sustancialmente las circunstancias económicas del progenitor obligado a dichas prestaciones económicas como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19.

Nacimientos

Según el texto, durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su fiscalización se ampliará a cinco días naturales el plazo de 72 horas para que los hospitales comuniquen a los registros civiles los nacimientos que hayan tenido lugar en el centro sanitario.

Creación de juzgados específicos por COVID-19

El borrador del real decreto prevé la creación de unidades judiciales para el conocimiento de asuntos derivados del COVID-19 y establece la posibilidad de que los letrados de la Administración de Justicia puedan, durante el periodo de prácticas, realizar funciones de sustitución o refuerzo.

Abierto en agosto

El borrador del real decreto-ley se estructura en tres capítulos, con cerca de veintisiete artículos, y varias disposiciones adicionales. El capítulo primero se regulan las medidas de carácter procesal dirigidas a retomar la actividad ordinaria de los juzgados y dar respuesta al previsible incremento de número de asuntos derivados de la propia crisis sanitaria. En este sentido, se habilita excepcionalmente y de forma parcial el mes de agosto, durante sus últimos 20 días. Se declaran hábiles para todas las actuaciones judiciales los días 11 a 31 del mes de agosto del 2020. Se exceptúan de esta previsión los sábados, domingos y festivos, salvo para aquellas actuaciones judiciales para las que estos días sean ya hábiles conforme a las leyes procesales.

Abierto por la tarde

El decreto contempla que para la adecuada protección de la salud del personal de la Administración de Justicia, del resto de profesionales y de los particulares que acuden a sus sedes, se establecen jornadas de trabajo de mañana o tarde, evitando con ello la coincidencia de todo el personal en las mismas horas y permite, además, la celebración de juicios y vistas no solo en horario de mañana, sino también durante las tardes.  Los funcionarios podrán acogerse a estas medidas de forma voluntaria. Además, se plantea“autorizar la movilidad del personal entre órganos judiciales de la misma jurisdicción y localidad” y a cambio que la jornada laboral de los funcionarios pase de 37,5 horas semanales a 30.

Mas plazos

Es previsible, según recoge el borrador, que en los primeros días en que se retome la actividad judicial ordinaria tras el levantamiento de la suspensión de los plazos procesales, se produzca un notorio incremento en el número de recursos presentados frente a dichas resoluciones.

Para evitar el colapso, se acuerda la ampliación de los plazos para la presentación de recursos contra sentencias y otras resoluciones que ponen fin al procedimiento y sean notificadas durante la suspensión de plazos establecida en el decreto de alarma, así como las que sean notificadas dentro de los veinte días hábiles siguientes.

Concurso de acreedores

El borrador incluye medidas en el ámbito concursal para evitar el previsible aumento de litigiosidad en relación con la tramitación de concursos de acreedores en los Juzgados de lo Mercantil y de Primera Instancia, se establecen una serie de normas de agilización del proceso concursal como la confesión de la insolvencia, la tramitación preferente de determinadas actuaciones tendentes a la protección de los derechos de los trabajadores, a mantener la continuidad de la empresa y a conservar el valor de bienes y derechos. Asimismo, se facilita la modificación del convenio o del acuerdo extrajudicial de pagos o del acuerdo de refinanciación homologado. Respecto de estos últimos se permite además la presentación de nueva solicitud sin necesidad de que transcurra un año desde la presentación de la anterior.

Juicio por plasma

El proyecto de Justicia establece que durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, los actos de juicio, comparecencias, declaraciones y vistas y, en general, todos los actos procesales, se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, siempre que los Juzgados, Tribunales y Fiscalías tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello. Aún así, en el orden jurisdiccional penal será necesaria la presencia física del acusado en los juicios por delito grave.

Vistas públicas sin toga

La norma establece que el tribunal limitará el acceso del público a todas las actuaciones orales en atención a las características de las salas de vistas y dispensará de la utilización de la toba abogados procuradores o magistrados.

ERTE

El borrador que lleva Justicia al Consejo de Ministros incluye que los ERTE se  tramiten conforme a la modalidad procesal de conflicto colectivo, cuando versen sobre las suspensiones y reducciones de jornada previstas en la normativa laboral dictada para paliar los efectos derivados del COVID-19 y dichas medidas afecten a más de cinco trabajadores.

Medidas para empresas

Para los convenios concursales en periodo de cumplimiento a los que les haya influido el Estado de Alarma en sus tramitaciones o plazos, el decreto determina que los pagos pendientes de los créditos a los que les vincule el convenio y que venzan después del Estado de alarma y hasta el 31/12 se podrán aplazar seis meses sin intereses a contar desde el vencimiento. La intención del ministerio es dar el máximo de facilidades para los procesos de concurso de tal forma que el deudor que estuviera en proceso para evitar el concurso y que hubiera negociado ya con acreedores una refinanciación de la deuda que tuviera homologada podrá acudir, de nuevo, al juzgado para refinanciar el primer acuerdo.

El proyecto del Real decreto Ley pretende adoptar las medidas organizativas y procesales que permitan la activación de la Justicia y eviten el colapso de los Juzgados y Tribunales con el previsible aumento de la litigiosidad 

 El borrador del proyecto a cuyo contenido ha tenido acceso la Cadena SER, trata de optimizar los medios personales y materiales existentes y, al propio tiempo, establecer normas procesales temporales que faciliten la celeridad de los procedimientos. 

Custodia 

Entre otras medidas procesales urgentes que el anteproyecto anuncia que se resolveran a través del procedimiento especial y sumario se encuentran todos aquellos casos que afecten al  restablecimiento del equilibrio en el régimen de visitas o custodia compartida cuando uno de los progenitores no haya podido atender  el régimen establecido por el estado de alarma. 

 Ademas se pondrán con el sello de prioritario, las que tengan por objeto solicitar la revisión de las medidas definitivas sobre cargas del matrimonio, pensiones económicas entre cónyuges y alimentos reconocidos a los hijos. 

Pero teniendo en cuenta que esta  revisión se solicita por haber variado sustancialmente las circunstancias económicas del progenitor obligado a dichas prestaciones económicas como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19. 

Nacimientos 

Segun el texto, durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización se ampliará a cinco días naturales el plazo de 72 horas para que los hospitales, etc comuniquen al registro civiles los nacimientos que hayan tenido lugar en el centro sanitario. 

CREACIÓN DE JUZGADOS ESPECÍFICOS POR EL COVID

El borrador del real decreto prevé la creación de unidades judiciales para el conocimiento de asuntos derivados del COVID-19 y establece la posibilidad de que los Letrados de la Administración de Justicia puedan, durante el periodo de prácticas, realizar funciones de sustitución o refuerzo

Abierto EN agosto 

El borrador del real decreto-ley se estructura en tres capítulos, con cerca de veintisiete artículos, y varias disposiciones  adicionales 

El capítulo Primero se regulan las medidas de carácter procesal dirigidas a retomar la actividad ordinaria de los juzgados y dar respuesta al previsible incremento de número de asuntos derivados de la propia crisis sanitaria. En este sentido, se habilita excepcionalmente y de forma parcial el mes de agosto, durante sus últimos 20 días.

Se declaran hábiles para todas las actuaciones judiciales los días 11 a 31 del mes de agosto del 2020. Se exceptúan de esta previsión los sábados, domingos y festivos, salvo para aquellas actuaciones judiciales para las que estos días sean ya hábiles conforme a las leyes procesales. 

Abierto por la tarde

El decreto contempla que para la adecuada protección de la salud del personal de la Administración de Justicia, del resto de profesionales y de los particulares que acuden a sus sedes, se establecen jornadas de trabajo de mañana o tarde, evitando con ello la coincidencia de todo el personal en las mismas horas y permite, además, la celebración de juicios y vistas no solo en horario de mañana, sino también durante las tardes.  Los funcionarios podrán acogerse a estas medidas de forma voluntaria.

Además, se plantea“autorizar la movilidad del personal entre órganos judiciales de la misma jurisdicción y localidad” y a cambio, que la jornada laboral de los funcionarios pase de 37,5 horas semanales a 30 

Mas plazos

Es previsible, según recoge el borrador, que en los primeros días en que se retome la actividad judicial ordinaria tras el levantamiento de la suspensión de los plazos procesales, se produzca un notorio incremento en el número de recursos presentados frente a dichas resoluciones. 

Para evitar el colapso, se acuerda la ampliación de los plazos para la presentación de recursos contra sentencias y otras resoluciones que ponen fin al procedimiento y sean notificadas durante la suspensión de plazos establecida en el Decreto de alarma,  así como las que sean notificadas dentro de los veinte días hábiles siguientes.

Concurso de acreedores

El borrador incluye medidas en el ámbito concursal, para para evitar el previsible aumento de litigiosidad en relación con la tramitación de concursos de acreedores en los Juzgados de lo Mercantil y de Primera Instancia,, se establecen una serie de normas de agilización del proceso concursal, como la confesión de la insolvencia, la tramitación preferente de determinadas actuaciones tendentes a la protección de los derechos de los trabajadores, a mantener la continuidad de la empresa y a conservar el valor de bienes y derechos.

Asi mismo se facilita la modificación del convenio o del acuerdo extrajudicial de pagos o del acuerdo de refinanciación homologado. Respecto de estos últimos se permite además la presentación de nueva solicitud sin necesidad de que transcurra un año desde la presentación de la anterior. 

 JUICIO por plasma 

El proyecto de Justicia establece que durante  la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, los actos de juicio, comparecencias, declaraciones y vistas y, en general, todos los actos procesales, se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, siempre que los Juzgados, Tribunales y Fiscalías tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello.  Aún así, en el orden jurisdiccional penal será necesaria la presencia física del acusado en los juicios por delito grave. 

 Vistas públicas sin toga

La norma establece que el tribunal limitará el acceso del público a todas las actuaciones orales en atención a las características de las salas de vistas y dispensará de la utilización de la toba abogados procuradores o magistrados.

ERTES

El borrador que lleva Justicia al Consejo de ministros incluye que los ERTES se  tramitarán conforme a la modalidad procesal de conflicto colectivo, cuando versen sobre las suspensiones y reducciones de jornada previstas en la normativa laboral dictada para paliar los efectos derivados del COVID-19 y dichas medidas afecten a más de cinco trabajadores. 

MEDIDAS EMPRESAS

 

Para los convenios concursales en periodo de cumplimiento a los que les haya influido el Estado de Alarma en sus tramitaciones o plazos,  el decreto determina que los pagos pendientes de los créditos a los que les vincule el convenio y que venzan después del Estado de alarma y hasta el 31/12 se podrán aplazar seis meses sin intereses a contar desde el vencimiento. 

La intención del ministerio es dar el máximo de facilidades para los procesos de concurso de tal forma que el deudor que estuviera en proceso para evitar el concurso y que hubiera negociado ya con acreedores una refinanciación de la deuda que tuviera homologada podrá acudir, de nuevo, al juzgado para refinanciar el primer acuerdo.

Documento que prepara Justicia para después del estado de alarma. / Cadena SER

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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