Cinco claves en un proceso de divorcio
El divorcio nunca es fácil. La disolución de un matrimonio plantea una infinidad de dudas. Es el momento en el que la pareja se enfrenta a varios escenarios en función de un pasado juntos y el futuro que les espera

Abogados en un acuerdo / iStock

Madrid
El divorcio nunca es fácil. La disolución de un matrimonio plantea una infinidad de dudas. Es el momento en el que la pareja se enfrenta a varios escenarios en función de un pasado juntos y el futuro que les espera. A pesar de que cada familia es diferente, y deban regularse sus medidas atendiendo al caso concreto, existen cinco puntos clave enumerados por Legálitas, que son comunes a todos los cónyuges y deben tenerse en cuenta a la hora de formalizar la ruptura matrimonial.
1.- ¿Me separo o me divorcio?
Para empezar: los cónyuges deben plantearse si desean separarse o divorciarse. Hace años era necesario formalizar primero la separación judicial para acordar más tarde el divorcio. Hoy día, si los cónyuges lo desean, pueden solicitar el divorcio sin necesidad de realizar ningún trámite previo.
La separación judicial y el divorcio son figuras prácticamente idénticas y tienen consecuencias similares: es decir, ambas ponen fin a la sociedad de gananciales, se deben regular las medidas respecto de los hijos y el uso del domicilio familiar, etc. La diferencia principal, que podrá explicarte un abogado, radica en el estado civil: el divorciado podrá volver a contraer matrimonio con otra persona, mientras que el separado continuará vinculado matrimonialmente a su cónyuge.
2.- ¿De común acuerdo o contencioso?
Sin duda, estamos ante el punto más importante. Lo ideal para una familia es regular de mutuo acuerdo las medidas que regirán su vida. El trámite del divorcio amistoso es mucho más económico, más rápido y, sobre todo, mejor adaptado a las necesidades de los cónyuges y los menores, ya que son ellos mismos los que deciden cómo organizarse y no un tercero -el juez-. Es más, la vía del mutuo acuerdo, ligada a la inexistencia de hijos menores de edad, permitirá a los cónyuges incluso formalizar su divorcio en una notaría en tan sólo una mañana. En cambio, si existiesen hijos menores de edad, y aunque los cónyuges se encontrasen de acuerdo, deberán acudir al Juzgado de Familia de su domicilio.
La vía contenciosa supone que cada cónyuge haga su propuesta al juez con sus pretensiones -medidas respecto del hogar, de los bienes en común, de los menores- y tras un juicio Su Señoría decidirá qué medidas tomar. Es un procedimiento costoso, de mayor factura emocional y puede tener una duración de hasta año y medio. Si tienes dudas, llama al 900 100 603 para que un abogado experto pueda aconsejarte.
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3.- ¿Hijos menores de edad en el divorcio?
Los menores de edad son la pieza angular en los procedimientos de familia. Tanto si nos hallamos en un proceso de mutuo acuerdo, como en un contencioso, el juez y el Ministerio Fiscal velarán porque las medidas propuestas sean las idóneas para el desarrollo de los niños.
En un divorcio se debe plantear de qué modo se ejercerá la custodia: si será monoparental o compartida. En función de esta decisión tan importante, se derivarán el resto de las medidas, como el régimen de visitas a favor del no custodio y la pensión de alimentos correspondiente.
Una vez más, resulta imprescindible dejar en manos de un abogado experto el asunto para que nos ayude a tratar de regular un convenio de manera amistosa, con el objetivo de recoger las particularidades que tiene la familia y evitar desplazar esta decisión al juez de familia, que no tiene un conocimiento pleno del funcionamiento de la misma.
4.- ¿Tenemos bienes en común?
El matrimonio puede regirse por el régimen de sociedad de gananciales o separación de bienes. El primero se caracteriza por considerar que todos los bienes, ingresos y deudas que contraen los cónyuges desde el matrimonio son comunes y, por tanto, se deben repartir cuando se disuelve el vínculo. Este trámite se denomina “liquidación de gananciales”, y, como si de una empresa se tratase, se deberá realizar un inventario con activo y pasivo existente en la sociedad y se adjudicarán a cada uno. En el régimen de separación de bienes, cada cónyuge mantiene con carácter privativo lo que percibe durante el matrimonio, con lo cual no existe una sociedad que liquidar en el futuro.
5.- ¿Pagar una pensión compensatoria?
Se podrá establecer una pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges cuando este haya sufrido un desequilibrio económico importante a consecuencia del matrimonio y la posterior ruptura. El cónyuge que quede en mejor posición le deberá pasar un importe mensual al otro que, salvo pacto entre ellos, será decidido por el juez, quien establecerá la cantidad y la duración de la pensión.
Esta medida se toma, por ejemplo, cuando uno de los progenitores ha abandonado su carrera profesional para el cuidado del hogar y los niños, y el divorcio les hace encontrarse sin sustento económico y sin posibilidad de reincorporarse a la vida profesional de nuevo por edad y experiencia.
Junto a lo expuesto, existen más detalles importantes a tener en cuenta que deberán ser estudiados por el abogado antes de afrontar un proceso delicado, como es una separación o un divorcio; máxime si hay hijos y bienes que repartir, e independientemente de si las relaciones personales se encuentran deterioradas o no emocionalmente en esta fase. Ante cualquier duda, contacta con un servicio de abogados expertos en el 900 100 603. Además, ahora por ser oyente de la Cadena Ser ¡podrás ahorrar un mes durante el primer año! Al hacerte de Legálitas.
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