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Teletrabajo

¿Por qué tantos españoles quieren teletrabajar?

La opción del teletrabajo, que ha crecido durante los confinamientos, se ha visto refrendada con la correspondiente legislación

Teletrabajo durante la pandemia. / Eduardo Parra - Europa Press (EUROPA PRESS)

Teletrabajo durante la pandemia.

Una de las consecuencias más notorias de la pandemia es que los españoles han descubierto el teletrabajo. Y parece que se han entusiasmado con la fórmula: 8 de cada 10 trabajadores estarían dispuestos a trabajar a distancia dos o tres días a la semana.

Otro cambio generado por la expansión del coronavirus tiene que ver con el tipo de vivienda demandada.

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Ha crecido el interés por comprar casas en poblaciones pequeñas, que permitan contar con mejor infraestructura doméstica, con ganancia en espacio y en confort, por si la mezcla de hogar y puesto de trabajo se consolida.

La posibilidad de un nuevo confinamiento y las ventajas del teletrabajo parecen estar detrás de este súbito interés por alejarse de los grandes centros urbanos.

¿Qué ganamos con el teletrabajo?

En España el teletrabajo ha dejado de ser visto como un modelo laboral exclusivo de los países del centro y del norte de Europa, para convertirse en tema central del debate sobre el trabajo. A la mejora sustancial de las tecnologías de la información y la comunicación se suma el ahorro, de tiempo, dinero y emisiones, en el desplazamiento al lugar de trabajo, lo que contribuye, además, a cuidar el medio ambiente.

La conciliación de la vida laboral, personal y familiar, y la posibilidad de organizar mejor el propio trabajo son algunos de los factores que influyen en la decisión de quienes voluntariamente se apuntan a usarlo.

Base legislativa: desarrollo del diálogo social

Los poderes públicos y los representantes empresariales y sindicales han reaccionado ante la posibilidad de mantener activa la economía a través del teletrabajo. En la cuarta semana de septiembre de 2020 han coincidido dos hechos:

La aprobación en el Consejo de Ministros del 22 de septiembre del Real Decreto Ley 28/2020 que define la normativa que afecta al trabajo a distancia.

La inclusión de la normativa que regula el teletrabajo en las administraciones públicas, en el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

A partir de ahora, el acuerdo firmado por el Gobierno y los representantes de empresarios y trabajadores será la referencia legislativa para la puesta en práctica del trabajo a distancia en las empresas españolas. Estas son algunas de sus características:

Se considera una actividad voluntaria, pero reversible para empresa y para trabajador, que no se aplicará si está forzado por la pandemia.

Tendrá una dedicación del 30% de la jornada laboral, es decir, dos días a la semana máximo y durante un periodo de tres meses.

Se tendrá que firmar un acuerdo entre empresa y trabajador.

Los gastos extra en que se incurra (telefonía, datos, electricidad y suministros, por ejemplo) no serán asumidos por el trabajador, sino que tendrán que ser sufragados o compensados por la empresa.

Se refleja el derecho de las personas que trabajan a distancia a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo. No afectará al personal laboral de las administraciones públicas.

En el caso de los trabajadores del sector público, se entiende por teletrabajo:

“Aquella modalidad de prestación de servicios a distancia en la que el contenido competencial del puesto de trabajo puede desarrollarse, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, fuera de las dependencias de la administración, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación”.

Se garantiza el derecho a la intimidad y a la desconexión digital, además del cumplimiento de la normativa en materia de confidencialidad y protección de datos.

Los datos del teletrabajo en España

Un reciente estudio señala que el 74% de los trabajadores cree que su empleo le permite teletrabajar parcial o totalmente. Para ello, la mayor dificultad estriba en la dotación de recursos tecnológicos y la mayor ventaja reside en el ahorro en los tiempos de desplazamiento.

Mientras que a finales de 2019 era el 4,8% de la población laboral española la que teletrabajaba, a principios de mayo de 2020, todavía en estado de alarma, esa cifra llegó a alcanzar el 34%.

A pesar de las circunstancias, el incremento no deja de asombrar; según un documento publicado por el Banco de España, el sector educativo y los perfiles técnicos, profesionales, científicos e intelectuales encabezan la lista de actividades y ocupaciones que más experiencia tienen en esta forma de trabajo. Según el mismo informe, en el caso de la administración pública solo el 3,1% del personal tiene experiencia de teletrabajo.

Conclusiones

Aparentemente, a los españoles no les ha disgustado el teletrabajo. En un país con una cultura de trabajo presencial, en la que las relaciones entre compañeros más allá del trabajo estricto ha sido descrito y representado como el momento del cafelito a media mañana o el tercer tiempo al finalizar la semana laboral, sorprende cómo se está incorporando a esta forma de trabajo.

El nuevo entorno empuja a buscar un equilibrio temporal entre las cuatro esferas relacionales que se dan en una jornada: tiempo para trabajar, tiempo para estar con la familia, tiempo para las tareas domésticas, tiempo para uno mismo.

Queda por saber cuáles serán los acicates y los frenos al teletrabajo. La empresa privada y la administración pública cuentan ya con sus propias normativas al respecto, que atienden a sus circunstancias particulares. Falta saber la respuesta de los protagonistas, los trabajadores.

Pedro César Martínez Morán, Director del Máster en Recursos Humanos de ICADE Business School, Universidad Pontificia Comillas; José María Ortiz Lozano, Profesor en Métodos Cuantitativos, Universidad Pontificia Comillas y Víctor Luis De Nicolás, Responsable de Reconocimiento Social, Universidad Pontificia Comillas

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

 
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