La Audiencia Nacional condena a Interior por no proteger adecuadamente a una víctima de violencia asesinada
La sala concede una indemnización de 200.000 euros a sus herederos
Madrid
La Audiencia Nacional condena a Interior por no proteger adecuadamente a una víctima de violencia de género que terminó siendo asesinada un mes después de solicitar una orden de protección de su marido, en 2016. El tribunal entiende que debe estimarse una responsabilidad directa y objetiva del Estado "a quien corresponde dar respuesta eficaz en evitación de tal resultado, debiendo hacer frente a los daños ocasionados por el funcionamiento, incluso cuando fuera moral, del servicio público". La sala concede una indemnización de 200.000 euros a sus herederos.
En la sentencia, los magistrados de la Sección Quinta de la sala de lo Contencioso Administrativo, señalan que la Guardia Civil es responsable al asignar una mínima protección policial que resultó inadecuada, a resultas del asesinato de la denunciante por su marido un mes después de interponer la denuncia.
Valoración policial
Según la sentencia, en la valoración policial del riesgo de violencia contra la mujer en los supuestos de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero,
"La actuación de los agentes ante situaciones de violencia de género no debería quedar limitada a aspectos formales de atención a la denunciante, asistencia, información de derechos y citación a juicio, sino que su actuación exige una atención preferente de asistencia y protección de las mujeres que han sido objeto de comportamientos violentos en el ámbito familiar, a los efectos de prevenir y evitar, en la medida de lo posible, las consecuencias del maltrato".
Indemnización
La Sala afirma que en caso de muerte violenta de una mujer que puso una denuncia contra su marido, que solicitó la adopción de medidas de protección a las Fuerzas y Cuerpo de Seguridad del Estado, y que tan solo un mes después fue asesinada por aquél, no puede haber ningún deber jurídico que la perjudicada, sus hijos o sus padres deban soportar.
Por tanto, la Sala concede una indemnización a los padres (20.000 euros a cada uno) y a los dos hijos menores de la mujer fallecida por el daño moral (70.000 euros a cada uno), moderada por la circunstancia de concurrencia de culpas del marido y del juzgado que denegó la orden de protección solicitada y en atención a los factores de convivencia y dependencia económica.
Escasa sensibilidad
Los jueces aprecian que “la concienciación social e institucional sobre la importancia del problema de la violencia de género exige una mayor sensibilización de la que mostró en este caso el puesto de la Guardia Civil” encargado del caso. Añade que en este asunto hay elementos, tanto en la denuncia como en la declaración judicial, para que se hubiera dado un mayor nivel de protección por la Benemérita, al menos en el seguimiento del caso que dejaron en manos del Punto de Igualdad municipal.
Responsable objetivo
A pesar que la estimación policial del riesgo de la denunciante respecto a su presunto agresor no supone probabilidad real de comportamiento violento, y aunque tampoco una protección más elevada puede evitar, desgraciadamente, explica el fallo, el asesinato de mujeres por violencia de género, en el ámbito de la responsabilidad patrimonial, acorde al derecho reconocido en el artículo 106.2 de la Constitución, debe estimarse una responsabilidad directa y objetiva del Estado a quien corresponde dar respuesta eficaz en evitación de tal resultado, debiendo hacer frente a los daños ocasionados por el funcionamiento, incluso cuando fuera normal, del servicio público.
Mejorar el sistema
La sentencia añade que la respuesta policial en violencia contra la mujer exige que el sistema pueda prevenir la violencia y reevaluar el riesgo, más allá de la recogida de datos automatizados, mediante agentes especializados en su tratamiento y sensibilización en su seguimiento.
Asesinada un mes después
Los hechos se remontan al 17 de septiembre de 2016 cuando la mujer solicitó una orden de protección contra su marido ante el puesto de La Guardia Civil de Sanlúcar La Mayor (Sevilla), que fue denegada por el juzgado atendiendo a la existencia de versiones contradictorias, la carencia de antecedentes del denunciado, y a que los agentes calificaron el riesgo para la mujer como "no apreciado". Un mes después el marido denunciado acabó con la vida de su mujer.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...