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Caso Infancia Libre

Condenada a dos años y cuatro meses de cárcel María Sevilla por sustracción de menores

El juzgado 23 de lo Penal de Madrid le ha retirado la patria potestad durante cuatro años por sustraer a su hijo en 2019 y tenerlo en una finca de Cuenca sin escolarizar

El fallo es recurrible ante la Audiencia Provincial de Madrid

Algunas mujeres de la asociación Infancia Libre / INFANCIA LIBRE

Madrid

El juzgado 23 de lo Penal de Madrid ha condenado a la presidenta de Infancia Libre, María Sevilla, a dos años y cuatro meses de prisión  y cuatro años de retirada de custodia de su hijo por sustraer al menor en marzo de 2019 cuando la custodia le correspondía al padre. En lugar de cumplir con la resolución judicial, María Sevilla se fue con su hija e hijo menor a una finca en Cuenca, en Villar de Cañas, donde la policía encontró al menor sin escolarizar y alejado del contacto con su padre. "Una vez localizado, los agentes hicieron entrega del menor a su padre, dando así cumplimiento a las resoluciones judiciales adoptadas por la vía civil", señala el escrito.

El fallo puntualiza que "durante el tiempo en que estuvo retenido con la madre, aunque el menor dejó de asistir a clase durante largos periodos de tiempo, permaneció matriculado en diversos centros escolares que autorizaron un régimen edicativo no presencial, no iniciándose expediente alguno de absentismo escolar", como denunció el progenitor.

Tampoco consta que el menor "dejara de recibir asistencia médica, que no haya seguido el calendario vacunal" o que el "aislamiento fuera total y absoluto hasta el punto de no tener ningún contacto social".

Durante el juicio, María Sevilla alegó haberse llevado al menor para evitar los abusos del progenitor. En esta línea, presentó más de una decena de informes, partes médicos y de asuntos sociales, valoraciones de pediatras y psiquiatras, que el juez ha rechazado. En uno de ellos, fechado el 3 de marzo de 2017, la psiquiatra recoge el testimonio del menor por sospechas de abusos sexuales. Para el juez "resulta extraño que una conducta como la descrita se lleve a cabo en un punto de encuentro familiar, durante una visita de dos horas, aunque la visita no fuera supervisada".

Una batería documental donde "hay más informes que mencionan la existencia de abusos que los que no lo hacen. Y aunque es cierto que muchos proceden de organismos públicos, la mayoría son simplemente referenciales" y cuando el menor estuvo bajo la custodia del progenitor cesaron las referencias a los abusos en los informes de seguimiento, concluye. 

Además, el fallo descarta cualquier patología de al acusada y entiende que hay "otras muchas motivaciones" para excluir la figura del padre de la vida del hijo, entre ellas, la intención de proteger al menor.

María Sevilla ha sido condenada a un delito de sustracción de menores y absuelta del delito de abandono de familia del que también estaba acusada. Además de a pagar las costas procesales y una indemnización de 5.000 euros a su expareja.

Se trata de una condena inferior a la que había solicitado la Fiscalía, de 3 años y 6 meses de prisión con inhabilitación de la patria potestad durante 5 años, y la acusación particular que pedía 4 años de prisión y 6 de retirada de custodia, según el fallo.

 
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