Tribunales | Actualidad
Violaciones múltiples

Condenado el "cabecilla" de una violación en grupo a una menor en Barcelona

El Tribunal Supremo impone 18 años y 9 meses de cárcel a un hombre por encabezar una violación en grupo a una menor

Los otros dos violadores ya fueron condenados por la Audiencia de Barcelona hace un año a condenas similares

Fachada del Tribunal Supremo. / EUROPA PRESS

Madrid

El Tribunal Supremo ha impuesto una condena de 18 años y 9 meses de prisión a un hombre por liderar una violación en grupo a una niña de trece años en Barcelona durante las fiestas del barrio de El Carmel de 2015. Los jueces avalan la declaración de la víctima y condenan en firme al hombre que encabezó la agresión sexual después de que los otros dos pederastas ya hayan sido condenados en firme.

Los hechos, según la sentencia a la que ha tenido acceso esta emisora, ocurrieron en el verano de 2015 durante las fiestas del barrio barcelonés de El Carmel. La víctima, una niña de 13 años tutelada por la Generalitat de Catalunya que se había fugado del centro de acogida Coda 2, estaba con unos amigos y en un momento dado subió con una amiga a casa de tres desconocidos en las inmediaciones.

Dos de los atacantes con antecedentes

Fue una vez en la casa cuando los tres condenados golpearon a la niña y perpetraron la agresión sexual para después darle una camiseta y decirle a las dos "de forma insistente que se fueran". La víctima volvió poco después al centro de acogida del que se había fugado un mes antes y terminó denunciando los hechos, identificando a los violadores en una rueda de reconocimiento.

Dos de los atacantes ya fueron condenados en 2019 a 18 años y medio de cárcel y ahora es el Tribunal Supremo el que deja la condena del tercero, que estuvo fugado durante parte del proceso, a 18 años y 9 meses de prisión teniendo en cuenta que fue el "cabecilla" de la agresión. También debe indemnizar a la víctima con más de 10.000 euros.

Testimonios sin coartada

La documentación judicial del caso revela cómo para el Tribunal Supremo, con el magistrado Andrés Martínez Arrieta como ponente, el testimonio de la víctima es "persistente en su contenido incriminatorio" frente a las versiones sin ninguna prueba de los tres acusados. A lo largo del proceso los tres han negado haber estado en la casa alegando haber tenido fiestas familiares o por haber estado con otras personas sin haber conseguido aportar ni una sola prueba de esas versiones exculpatorias.

En un primer momento este tercer acusado, que estuvo en rebeldía durante una parte del proceso, fue condenado a 20 años de presidio por la Audiencia de Barcelona y ahora el Supremo rebaja en un año y un mes su condena atribuyéndolo a "un error en la imposición de la pena", teniendo en cuenta los límites que impone el Código Penal.

 
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