Condenan a Echenique y Del Olmo por difamación al defender a una candidata que dijo haber sido violada
En 1985 la candidata de Podemos, Pilar Baeza, fue condenada por el asesinato de su expareja como cómplice. Baeza sostuvo que fue violada y su novio le asesinó
Los dirigentes de Podemos defendieron a Baeza y una juez les condena a multa de 80.000 euros por intromisión al honor del fallecido
Madrid
Un juzgado de Leganés ha condenado al Secretario de Organización Pablo Echenique y al Secretario de Comunicación Juanma Del Olmo a pagar una multa de 80.000 euros por la intromisión al honor del fallecido Manuel López Rodríguez, cuya familia denunció a los dirigentes de Podemos. La historia se remonta al pasado de la candidata de Podemos por Ávila, Pilar Baeza, que hace 35 años fue condenada a 30 años de cárcel en calidad de cómplice por instar a su novio a matar a su expareja en 1985, el fallecido Manuel López, al que Baeza acusó durante el juicio de haberla violado, hechos que en su día no quedaron probados por el Tribunal Supremo.
Durante la campaña de las autonómicas de 2019, Baeza fue señalada por estos antecedentes y ambos dirigentes defendieron a la candidata. Del Olmo publicó en Twitter el mensaje "Abrazo a Pilar Baeza de Podemos Ávila. Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada por complicidad y pagó su deuda con la sociedad. El señalamiento iniciado por Pedro J es un ataque a los derechos fundamentales".
En sus alegaciones, Del Olmo sostuvo que las declaraciones se hicieron a título personal y "sus expresiones no ofrecen datos de persona alguno" y "se limitaron a reproducir la versión contada por Baeza". También hizo referencia a la entrevista publicada por El Español al hermano del fallecido donde dijo literalmente "yo no digo que mi hermano y ella no tuvieran relaciones sexuales, ahora si fue violada o no, no lo podemos saber porque nadie estuvo allí". Y se opuso a la indemnización de 300.000 euros solicitada por el demandante por desproporcionada.
En cuanto a Echenique, según recoge el fallo, calificó los hechos cometidos por Baeza como "tremendos" y manifestó que él no tenía legitimidad moral para impedir que esta siguiera con su candidatura, que es una pesona que había cumplido su condena, amparada por la Constitución y que lleva más de veinte años haciendo una vida normal en Ávila". El demandante imputó a Echenique la frase de "una mujer que fue violada" para continuar con la acusación.
El fallo del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Leganés (Madrid), al que ha tenido acceso la Cadena SER, recoge que Echenique y Del Olmo no llegaron a un acuerdo en la audiencia previa que tuvo lugar el 19 de diciembre de 2019 y ambas partes ratificaron sus versiones.
Ofender sin nombrar
El nombre de Manuel López fue desvelado por El Español cuando publicó la sentencia condenatoria bajo el título "Pilar Baeza cómplice del asesinato de Manuel López Rodríguez, un joven de 24 años, de la localidad madrileña de Leganés". Para la jueza, aunque "ninguno de los dos demandados dice el nombre y apellidos de la persona a la que se refieren que cometió la violación, ni hacen alusión a ningún dato en sus declaraciones, en el momento en el que las realizan los datos de Manuel López ya eran públicos y accesibles para cualquier persona".
La jueza condena a los dirigentes a hacer pública la sentencia en los mismos canales en los que difundieron estas afirmaciones, Echenique en una rueda de prensa y Del Olmo en Twitter, además de la indemnización al denunciante y hermano del agresor. La causa cuenta con el criterio en contra de la Fiscalía que sostuvo durante el juicio que aquellas declaraciones se produjeron en el marco de la libertad de expresión y no hubo vulneración de derechos del demandante ya que tampoco le nombraban en las declaraciones.