"No es el de los que tienen prisa": el aviso de la DGT sobre el carril izquierdo
La Dirección General de Tráfico explica la función del carril izquierdo
Madrid
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha explicado, a través de las redes sociales, que el carril izquierdo de la carretera no está destinado a aquellas personas que tienen prisa. Tampoco para coches más potentes o a los que les guste correr más. Y es que, tal y como ha recordado el organismo a través de un tuit, este carril se utiliza únicamente para adelantar a terceros vehículos y mejorar la circulación. Por lo tanto, la velocidad límite es la misma que la de los demás carriles.
De esta manera, los vehículos que viajen por este carril deben circular a una velocidad máxima de 120 kilómetros por hora en autopistas y autovías. A pesar de que a día de hoy se permite rebasar los límites de velocidad en carreteras convencionales en 20 kilómetros por hora para realizar adelantamientos, algo que se modificará con la entrada en vigor de la nueva reforma de la DGT, la velocidad máxima en autovías y autopistas se mantiene en 120 kilómetros por hora.
El fin de los 20km/h adicionales en carreteras convencionales
Una medida, que ya había sido eliminada en el resto de países de la Unión Europea, mediante el que la Dirección General de Tráfico pretende reducir el número de accidentes en carretera: "Refuerza el mensaje de que la maniobra de adelantamiento conlleva un riesgo de colisión frontal". De esta manera, si viajamos por una carretera secundaria y queremos que adelantar a un camión que viaja a 90 kilómetros por hora, no podremos hacerlo.
Entre el resto de medidas que se aprobarán a lo largo de este 2021 podemos encontrar algunas como el endurecimiento de las sanciones por el uso del teléfono móvil al volante. Según ha dado a conocer la Dirección General de Tráfico, a lo largo de 2021 se comenzará a multar con 500 euros y la retirada de seis puntos del permiso de conducir a quienes conduzcan con el teléfono móvil al volante e incluso a quienes lo lleven sujeto con la mano. Hasta la fecha se sancionaba con 200 euros y cuatro puntos del carnet.
Otras novedades para reducir el número de accidentes en carretera
Por otro lado, el Gobierno también endurecerá las sanciones para quienes circulen sin el cinturón de seguridad o sin los Sistemas de Retención Infantil (SRI). A lo largo de 2021, concretamente cuando se apruebe en el Congreso, los infractores se enfrentarán a una multa de 200 euros y a la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir. Según recoge el texto, no solo se sancionará por el no uso de estos dispositivos de seguridad, sino también cuando se utilicen de forma incorrecta.
En el momento en el que se apruebe en el Congreso, llevar un detector o un inhibidor de radares en el vehículo estará tipificado como infracción grave. Por esa misma razón, y si llevas uno de estos en tu coche, te enfrentarás a una sanción de 200 euros y a la pérdida de tres puntos del carnet de conducir. En definitiva, una serie de cambios que pretenden reducir el número de accidentes en carretera.
David Justo
(Astrabudua, 1991) Periodista especializado en tecnología y buscador de historias virales e inverosímiles...