Cuatro años de cárcel por abusar sexualmente de una joven dormida en A Coruña
El Supremo confirma la condena impuesta al joven por abusar de una conocida que estaba dormida después de una borrachera durante las fiestas de Halloween en la ciudad en 2015
Los jueces recuerdan que "uno, dormido, no se entera de nada" para avalar el testimonio de la víctima
Madrid
El Tribunal Supremo ha decidido confirmar una condena de cuatro años de prisión a un hombre que en 2015 abusó sexualmente de una joven que se había quedado dormida después de una borrachera. Los jueces descartan los argumentos de defensa del condenado, que entre otras cosas alegaba al mismo tiempo que la víctima consintió y que no sabía que estaba dormida, explicando la sentencia que en casos como éste es normal que las denunciantes no puedan dar detalles de lo sucedido: "Uno, dormido, no se entera de nada".
Los hechos, según la sentencia a la que ha tenido acceso esta emisora, ocurrieron en A Coruña en las celebraciones de Halloween de 2015. El acusado y la víctima se conocían y coincidieron a lo largo de la noche hasta que la joven, que había bebido mucho, se fue a dormir a su piso con una fuerte borrachera. Fue horas más tarde cuando el acusado "se formó la idea de pasar la noche" con ella y acudió al piso a dormir ya por la mañana: aprovechó que estaba dormida para abusar de ella sin que la víctima pudiera prestar ningún tipo de consentimiento.
La joven se despertó al día siguiente y "se dio cuenta de que estaba desnuda en la cama con el acusado, quien se vistió y salió de la habitación", marchándose. En las siguientes horas varias amigas de la víctima le recriminaron por WhatsApp que hubiera mantenido relaciones con la joven sabiendo que estaba inconsciente y que de ninguna manera podía consentir ningún tipo de contacto sexual. "Te la tiraste viendo cómo estaba y eso no se hace tío, viste de sobra cómo estaba que ella no se acuerda nada, solo de despertarse contigo y lo sabes de sobra", dijo por ejemplo una de ellas.
El Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena que le impuso en primera instancia la Audiencia de A Coruña: cuatro años de prisión por un delito de abusos sexuales además de una orden de alejamiento y una indemnización de 15.000 euros para la víctima. El acusado carece de antecedentes penales pero la declaración de firmeza de la sentencia implica que tendrá que entrar en prisión a cumplir condena.
"Uno, dormido, no se entera de nada"
La sala de lo penal del Supremo, con el magistrado Ángel Hurtado como ponente, rechaza los argumentos de defensa del acusado: cuestionaba la validez del testimonio de la víctima, aseguraba que todo había sido consentido y al mismo tiempo que, en todo caso, no sabía que ella estaba inconsciente. En cuanto al testimonio de la joven y la falta de detalles sobre el abuso, el Supremo es claro: "Uno, dormido, no se entera de nada" y por tanto no es significativo que no pueda dar detalles de abuso.
Los jueces descartan por "puro sentido común" que no se trate de una denuncia falsa y explican que, una vez probado el contacto sexual, el hecho de que no fuera consentido viene demostrado por "testimonios e informes periciales que corroboran lo que aportó la víctima" como los mensajes de las amigas de la joven al día siguiente.