Tribunales | Actualidad
Trama Eólica de Canarias

El Supremo rebaja la condena de Celso Perdomo por el retraso "inasumible" de la causa

Deja en un año y dos meses la condena del exalto cargo del Gobierno de Canarias por recibir sobornos en 2004

El Supremo rebaja su condena y la de su esposa por los retrasos de 17 años desde que ocurrieron los hechos hasta la sentencia firme

Celso Perdomo durante el juicio por el 'caso eólico' / Agustín Padrón

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido rebajar a la mitad la condena del principal implicado en uno de los casos de corrupción más antiguos de Canarias: Celso Perdomo y el 'caso eólico'. Los jueces dejan en un año y dos meses la condena que le impusieron los tribunales canarios por cobrar sobornos de empresarios que optaban a un contrato público, alegando que "la condena que les ha sido impuesta casi 17 años después de la perpetración de los hechos" y que ese "descolgado cumplimiento comporta un padecimiento añadido para los recurrentes".

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Fue considerado uno de los primeros casos de corrupción en las islas y el primero que afectó a una administración dirigida por el Partido Popular. En ese momento Coalición Canaria gobernaba con los conservadores y Perdomo era director general de Industria en la consejería que dirigía entonces Luis Soria, hermano del exministro y expresidente del PP en las islas, José Manuel Soria. Perdomo, según declara probado en firme la Justicia, cobró má de 30.000 euros de varios empresarios a cambio de recibir información de este concurso que, finalmente, fue anulado.

Perdomo y su pareja, Mónica Quintana, fueron los únicos que llevaron el caso hasta el Tribunal Supremo. La Audiencia de Las Palmas les condenó en 2018 por delitos de revelación de secretos, cohecho y malversación de caudales públicos: dos años y cuatro meses para Perdomo y once meses para Quintana, además de multas y condenas de inhabilitación. El resto de acusados aceptaron sus condenas: cinco meses de cárcel para los tres empresarios que pagaron los sobornos y cinco meses también para otro funcionario de la consejería.

El Tribunal Supremo, en una sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, ha decidido rebajar sus condenas manteniendo intactos los hechos por los que fueron condenados pero entendiendo que los 17 años que tardó la Justicia en dictar sentencia firme deben ser considerados como una atenuante muy cualificada: la condena de Perdomo queda en un año y dos meses de cárcel por los tres delitos y Quintana, considerada cooperadora de dos de ellos, en cuatro meses de prisión.

Retrasos en la causa

La sentencia, que ha tenido como ponente al magistrado Pablo Llarena, entiende que los cuatro años que duró la fase de instrucción no son excesivos pero sí que la Audiencia de Las Palmas tardase nueve años en juzgarles. Hubo diversas recusaciones pero "no son significativas para definir la insólita desmesura del tiempo que ocupó la preparación del juicio oral. Para una demora en esta escala, ni es excusa la siempre más dificultosa preparación del juicio oral en un procedimiento ante el Tribunal del Jurado, ni puede serlo el resto de vicisitudes acaecidas, las cuales no pueden ser atribuidas a los recurrentes salvo en el ejercicio legítimo y justificado de sus pretensiones".

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo / EUROPA PRESS

Para el Supremo todo esto determina que "el desarrollo procesal resulte inasumible para el derecho de los acusados a ser enjuiciados sin dilaciones indebidas. La condena que les ha sido impuesta casi 17 años después de la perpetración de los hechos, ni puede eludir la debilitación de las funciones correctivas de la pena, ni puede ocultar que su descolgado cumplimiento comporta un padecimiento añadido para los recurrentes".

 
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