Tribunales
Superliga

Las claves del auto que acusa a la UEFA y la FIFA de ser un monopolio que abusa de su posición

El auto, que impone unas medidas a las que UEFA y FIFA se pueden oponer en 20 días, no es recurrible

El magistrado considera que actúan como un monopolio con capacidad de sanción sin suficiente transparencia

Un seguidor del Chelsea al lado de una pancarta de protesta contra la creación de la Superliga / Mike Hewitt Getty Images

Madrid

El juzgado de lo mercantil número 17 de Madrid ha dictado una serie de medidas cautelarísimas que, en la práctica, impiden que la FIFA y la UEFA torpedeen de alguna manera el nacimiento de la Superliga puesta en marcha por clubes como, entre otros, Real Madrid, Atlético de Madrid y FC Barcelona. Estas son las claves de una decisión que, como mínimo, se va a mantener durante más de dos semanas y que condiciona la oposición que el fútbol pueda hacer a la creación unilateral de esta nueva competición.

¿Cuánto dura el proceso?

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El origen de esta decisión está en una demanda de juicio ordinario presentada por la Superliga contra UEFA y FIFA en defensa del derecho a la libre competencia. El auto de medidas cautelarísimas dictado por el magistrado no se puede recurrir como tal pero los dos organismos sí pueden mostrar su oposición y el juez tendrá que celebrar una vista en veinte días. Un plazo que se puede dilatar porque el auto tiene que ser notificado a Suiza. Después el magistrado decidirá si mantiene las cautelares o las levanta hasta que se celebre el juicio y dicte sentencia.

¿Qué alega la Superliga?

La empresa European Super League Company alegaba en su demanda "el abuso de la posición de dominio que ejercen FIFA y UEFA en el mercado interior del fútbol" imponiendo "restricciones injustificadas y desproporcionadas" con "conductas anticompetitivas" exigiendo, como medida cautelar, que cesen las amenazas de sanciones y castigos contra los equipos que han puesto el proyecto en marcha.

Pancartas de protesta en Anfield contra la nueva Superliga / Christopher Furlong

¿Qué decide el juez?

En su auto el magistrado no se pronuncia sobre el fondo del asunto pero sí entiende que existe la "apariencia de buen derecho" de las alegaciones de la Superliga y estima la petición de cautelares. En total ocho medidas que, en la práctica, prohíben a la UEFA y la FIFA emitir comunicados, hacer declaraciones o poner en marcha procesos y también sanciones que "impida o dificulte, de forma directa o indirecta, la preparación de la Superliga Europea de fútbol" mientras dure el proceso judicial.

Esto implica que, sobre el papel, comunicados como el emitido hace dos días por la UEFA anunciando que harán todo lo que puedan para parar el proyecto o declaraciones como las de Gigi Infantino (FIFA) asegurando que los clubes tendrán que "asumir las consecuencias" no pueden volve a reproducirse. Y, por supuesto, ninguna amenaza de sanción o de apartar a los clubes de la Champions League debe materializarse.

¿Por qué acepta las cautelares?

El juez entiende que las consecuencias de no poner en marcha estas medidas de urgencia serían desastrosas para la recién nacida Superliga. "Concurren razones de urgencia , habiéndose anunciado públicamente por las demandadas la inminente adopción de medidas sancionadoras y restrictivas de la libre competencia", explica en su auto el magistrado, advirtiendo además que el hecho de que FIFA y UEFA estén en el extranjero llevará a una "mayor dilación en la citación de las partes a una vista en un plazo próximo de tiempo".

Nyon (Switzerland Schweiz Suisse).- (FILE) - The UEFA Champions League trophy (L) and the Henri Delaunay trophy (R) of the UEFA EURO soccer championship on display at the UEFA headquarters in Nyon, Switzerland, 18 September 2014 / JEAN-CHRISTOPHE BOTT

¿Qué argumenta el juez?

Además de resolver sobre la necesidad de un pronunciamiento cautelar, el juez entiende que las alegaciones de la Superliga tienen "apariencia de buen derecho" a la hora de denunciar el carácter monopolístico contrario a la competencia de UEFA y FIFA en el fútbol europeo. Las dos "han abusado de su posición de dominio" ya que "someten a autorización la creación de competiciones deportivas" llegando a poder sancionar a clubes.

Además, esta autorización para hacer competiciones alternativas "no está sometida a ningún tipo de límite ni canon ni procedimiento objetivo y transparente sino al poder discrecional de sendos organismos privados" que, además, "tienen un interés claro en la denegación o autorización de la organización de las mencionadas competiciones. Tales actuaciones suponen de facto la imposición de restricciones injustificadas y desproporcionadas que producen el efecto de restringir la competencia en el mercado interior".

¿Quién es el juez del caso?

Manuel Ruiz de Lara es un juez especializado en lo mercantil que trabajó en Barcelona y que desde hace unos años está en el juzgado número 11 de Madrid y también se ocupa del juzgado 17 de lo mercantil de la capital, de reciente creación. Un magistrado muy activo en la red social Twitter - en la que, entre otras cosas, se ha declarado seguidor del Atlético de Madrid - que ha participado en la organización de debates entre universitarios y que acaba de escribir su primera novela, "Patria Olvidada".

Una novela y una actividad en las redes sociales que reflejan su papel destacado en la protesta contra el actual sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, calificando de "farsa política" en numerosas ocasiones el sistema, criticando con dureza las reformas emprendidas por los socios del Gobierno de coalición y reclamando que los vocales del órgano de gobierno de los jueces sean elegidos por los propios jueces. Fue uno de los primeros magistrados en elevar una cuestión prejudicial ante Europa por cláusulas abusivas.

 
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