Condenado un asesino machista que se escondió durante veinte años en Nueva York
Asesinó a su expareja en Barcelona en 1997, escondió el cadáver en la autovía de Castelldefels y no fue detenido en EEUU hasta 2017
El Tribunal Supremo acaba de condenarle a 20 años de prisión rebajando ligeramente su condena
Madrid
El Tribunal Supremo ha sentenciado en firme el asesinato de Nidia Rodríguez más de dós décadas después del crimen. Los jueces de la sala de lo penal han impuesto una condena de veinte años y un día de prisión a Rafael Alberto Burgos por asesinar a su expareja en Barcelona en octubre de 1997, esconder su cadáver en la autovía de Castelldefels y fugarse ese mismo día a Nueva York donde estuvo oculto durante veinte años hasta que fue arrestado.
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La sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER y que adelantó el digital Metrópoli Abierta, relata cómo la víctima había dejado al acusado y cómo él no había aceptado al ruptura, hostigando a la mujer con llamadas e incluso, tal y como relató un testigo, diciendo que era "mía o de nadie". Esa noche, en octubre de 1997, consiguió que se reuniera con él con el pretexto de darle el pasaporte, discutieron y desaparecieron: él estuvo veinte años fuera del radar y el cadaver de Nidia fue encontrado un año después en una carretera.
El Tribunal Supremo acaba de declarar probado en firme lo que sucedió esa noche y en las dos décadas siguientes. Rafael asesinó a su expareja de varias puñaladas, dejó su cuerpo en una zona arbolada de la autovía de Castelldefels a la altura de Gavà y cogió un vuelo a Nueva York en el aeropuerto de El Prat sin pasar por casa. No se despidió del trabajo, no cobró el finiquito y ni siquiera recogió la colada que estaba tendida en su casa.
Rafael Alberto Burgos introdujo ligeros cambios en su identidad y dejó atrás su pasado de asesino machista en Nueva York hasta que fue descubierto veinte años después, cuando la causa estaba a punto de prescribir. El Tribunal Supremo acaba de sentenciar el caso en firme con una condena de veinte años y un día de prisión, una condena algo inferior a la impuesta en un primer momento por los tribunales catalanes al entender de que no se le puede agravar la condena por haber actuado con alevosía.
"Mía o de nadie"
El Tribunal Supremo, con el magistrado Pablo Llarena como ponente, declara probado que el condenado fue el autor del asesinato descartando por completo su versión: que esa noche en realidad fueron de copas, que fueron asaltados por unos proxenetas colombianos que extorsionaban a la víctima y que se llevaron a su expareja, atribuyéndoles su muerte. Una versión de la que, según constata el Supremo, no existe ni una sola prueba.
Los familiares y amigos de la víctima que estuvieron con ella esos días dibujan un escenario distinto: después de semanas de acoso, la víctima accedió a verse con él y mantuvo una discusión antes de desaparecer y ser asesinada. "En una ocasión le había espetado que si no era para él no lo sería para nadie, además de que, dos días antes de los hechos enjuiciados, había llegado a perseguirle blandiendo una pistola", relataron los testigos ante el tribunal del jurado.
Lo que descarta el Supremo es que deba aplicarse la agravante de alevosía al entender que no hay pruebas que demuestren la indefensión total de la víctima que apreció el jurado. Aprovechó "un desequilibrio de fuerzas" pero "nada se sabe tampoco de las circunstancias en las que sobrevino el ataque definitivo, sin que, en un contexto tan largo e inconcreto, pueda extraerse la conclusión de que la víctima careció de toda capacidad de defensa a partir de la volátil aseveración de que no se objetivaron lesiones de defensa en las extremidades superiores de un cadáver que se encontró ocho meses después".