Tribunales
Homofobia

La Justicia retira la multa a una tele cristiana que dijo que la homosexualidad no es lo "natural"

Retira la sanción de 6.000 euros que la CNMC impuso al canal de televisión británico cristiano "Revelation TV"

En un programa de 2017, comentando una noticia, un pastor cristiano afirmó que la transexualidad y la homosexualidad no son "lo natural"

Los jueces entienden que no incitó al odio o la discriminación y que por tanto estaba amparado por su libertad de expresión

Fragmento de una retransmisión del canal Revelation TV sancionado por la CNMC / Revelation TV

Madrid

La Audiencia Nacional ha decidido retirar una multa de 6.000 euros que Competencia impuso a un canal de televisión cristiano por las afirmaciónes que realizó un pastor en uno de sus programas, asegurando por ejemplo que la homosexualidad y la transexualidad no son lo "natural". Los jueces entienden que estaba valorando una noticia de un diario británico sobre un niño que acudía al colegio "vestido como una niña" y que sus afirmaciones están amparadas por la libertad de expresión.

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La sentencia de la sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, se refiere a unas declaraciones que un pastor cristiano hizo al canal religioso británico 'Revelation TV' en su programa matinal 'RMorning' el 11 de septiembre de 2017 mientras comentaban la demanda interpuesta por un matrimonio británico contra un colegio por permitir que un niño de seis años acudiera a clase "vestido como una niña". El pastor se mostraba radicalmente en contra de lo que consideraba que "no son la forma natural en que realmente son las cosas".

Durante diez minutos, el pastor aseguró que "estos tipos" están haciendo "ingeniería social" con los niños, pidiendo dejar que "el niño crezca de forma natural y, cuando tenga la edad suficiente, déjelos decidirqué es lo quequieren hacer" y asegurando que la homosexualidad y la transexualidad "no son la forma natural en que realmente son las cosas, no son la forma natural en que están en la Biblia, no son, biológicamente, la forma natural" llamando a hacer un partido político cristiano para "parar esta locura".

En un primer momento la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso una sanción de 6.000 euros al canal británico al entender que no había incitado al odio contra homosexuales y transexuales pero que sí eran comentarios que atentaban contra la dignidad de ambos colectivos. Una multa que acaba de anular la Audiencia Nacional alegando que el pastor se limitó a hacer uso de su libertad de expresión.

"En ningún momento incitan al odio"

La sentencia de la sala de lo contencioso de la Audiencia, que ha tenido como ponente a la magistrada Felisa Atienza Rodríguez, explica que la propia CNMC reconoció que no se incitaba al odio y concluye que, por tanto, el pastor y el canal actuaron amparados por la libertad de expresión. "Las expresiones utilizadas por el pastor no pueden considerarse un atentado a la dignidad humana ni a los valores constitucionales" al haber sido realizadas "en el contexto de un programa de opinión, con una ideología cristiana (...) sin emitir opiniones incitadoras al odio, expresa unas ideas, en torno a la polémica cuestión de la identidad sexual en los niños".

Unas ideas que, explican los jueces, "que pueden no ser compartidas por la totalidad de la sociedad, pero que responden de un lado al ejercicio de la libertad de expresión de acuerdo con una visión religiosa de esta problemática, es decir en el ejercicio de otro derecho fundamental como es la libertad ideológica o religiosa".

La sentencia todavía es recurrible ante el Tribunal Supremo / Agencias

La libertad de expresión, dicen los jueces de la Audiencia, "permite criticar ideas o posiciones de las que se discrepa, sin que las calificaciones negativas que de ellas se hagan, puedan ser calificadas como atentatorias contra la dignidad humana de las personas que no las comparten, teniendo en cuenta el contexto en que se han producido, y que en ningún momento las mismas incitan al odio del colectivo homosexual o transgénero".

 
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