Tribunales

Condenado un chófer de la Junta de Andalucía por malversar 60.000 euros en gasoil

Usó las tarjetas que le daba la Junta para echar gasoil al coche oficial en falsos repostajes o en su coche particular

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena que le impuso la Audiencia de Sevilla

Imagen de archivo de un coche en una gasolinera sin relación con el caso / Antonio Lacerda EFE

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la condena de un año y cinco meses de prisión para un antiguo chófer de la Junta de Andalucía que malversó más de 60.000 euros en gasoil usando la tarjeta que le daban para el coche oficial en falsos repostajes o en su propio coche. El Supremo también confirma las condenas de hasta un año de prisión de los nueve trabajadores de varias gasolineras que, según la Justicia, colaboraron con él.

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Los hechos, según la sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, ocurrieron entre 2006 y 2009. El condenado era conductor de la entonces llamada Empresa Pública de Desarrollo Agrario y Pesquero, dependiente de la Consejería de Agricultura y Pesca y cuyo cometido era llevar el coche a los consejeros de la compañía pública. Los investigadores pusieron la lupa sobre más de 500 repostajes supuestamente fraudulentos.

Los jueces declaran probado que en ese tiempo usó las tres tarjetas de crédito de la Junta para falsos repostajes o incluso para echar gasoil en su coche particular en varias gasolineras de Sevilla por un valor que supera los 61.000 euros en total y entre todas. Por ejemplo, se concertó con los trabajadores de una de ellas para pagar por repostajes que no había realizado, "cargando en ellas el importe del dinero en efectivo disponible en la caja" y repartiéndose el botín entre el conductor y el trabajador de la estación.

Ahora el Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena que le impuso la Audiencia Provincial de Sevilla en 2018: un año y cinco meses de prisión - que no tendrá que cumplir obligatoriamente entre rejas - además de dos años y medio de inhabilitación por un delito continuado de malversación de caudales públicos. También quedan avaladas las condenas de los nueve trabajadores de gasolineras que colaboraron con él: entre ocho y doce meses de cárcel para cada uno además de la obligación de devolver el dinero a la Junta de Andalucía.

Demasiado gasoil

La sentencia del Supremo, que ha tenido como ponente al magistrado Miguel Colmenero, explica las pruebas que apuntalan el relato de hechos probados: "Las cantidades de gasoil que figuran en muchos de ellos, muy superiores a la capacidad del vehículo ordinariamente utilizado" explica en primer lugar, añadiendo después que todos los repostajes eran "muy cercanos temporalmente a otros, todos ellos de cantidades altas, lo que hace imposible admitir el consumo de lo primeramente suministrado en tan corto periodo de tiempo".

El Supremo también explica que las condenas de los trabajadores de la gasolinera deben ser confirmadas. El conductor "necesitaba la cooperación de los empleados de la gasolinera de que se tratara para que aceptara pasar las citadas tarjetas por importes que no se correspondían con suministros reales de gasoil, cogiendo a cambio y repartiéndose con aquel acusado el dinero en metálico que en ese momento existiera en la caja".

Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo / EFE

Alegaba por último el conductor que "no consta que se hicieran al principal acusado las advertencias necesarias respecto de las consecuencias de su nombramiento como depositario de caudales públicos" pero responde el Supremo que no es necesaria la información ni la advertencia, siempre que, como aquí ocurre, el sujeto conozca que se trata de caudales públicos y que se ponen a su disposición con la finalidad de atender a necesidades derivadas de la participación en funciones públicas".

 
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