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El Supremo anula una condena por abusos al no quedar acreditado si ella tenía 12 años

La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la sala de lo penal Manuel Marchena, considera vulnerado el derecho a la presunción de inocencia

Tribunal Supremo. / Colegio Notarial de Madrid

Madrid

El Tribunal Supremo ha anulado una condena de cuatro años de cárcel que la Audiencia de Toledo impuso a un hombre por abuso sexual al no quedar acreditado que la joven tuviera 12 años de edad.

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Los hechos se remontan al año 2012, cuando los dos jóvenes empezaron a mantener relaciones sexuales consentidas. Ambos eran naturales de Mali y tenían residencia en España. El acusado nunca preguntó la edad a la joven y ella no se la dijo en ningún momento. Hasta la reforma del Código Penal de 2015, se consideraban abusos sexuales las relaciones con menores de 13 años.

La Sala analiza la prueba en torno a la edad de la víctima en la fecha en que ocurrieron los hechos, que fueron denunciados por la madre de la menor, y considera que prima el derecho a la presunción de inocencia porque la joven hizo hasta cinco declaraciones diferentes y los facultativos que la atendieron tras la denuncia suspendieron los exámenes médicos porque fueron advertidos de que era mayor de edad.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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