La "granja de los horrores" de Murcia, a un paso del banquillo
La Audiencia Provincial de Murcia revoca el archivo del caso de la granja porcina de Alhama grabada por el programa 'Salvados', que contenía animales en pésimas condiciones y reveló hasta casos de canibalismo entre los cerdos hacinados. La Audiencia ordena al juzgado que dé paso al procedimiento abreviado, la antesala del juicio oral, al hallar “claros indicadores” de presunto “maltrato animal”
Madrid
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha admitido el recurso de apelación interpuesto por la Fundación Igualdad Animal y por la Fiscalía, contra la decisión de un juzgado de Totana, que archivó el caso de supuesto maltrato animal detectado en una granja porcina de Alhama (Murcia). La Audiencia, en un auto al que ha tenido acceso la Cadena SER, ordena al juzgado que continúe los trámites por el procedimiento abreviado, que acerca la causa al juicio oral porque tanto la acusación particular como la Fiscalía han anunciado que pretenden llegar hasta el final.
El caso se remonta a 2018, cuando el programa 'Salvados' de La Sexta grabó en el interior de la granja porcina 'Hermanos Carrasco', explotada por la empresa Cefusa, principal suministrador de la empresa cárnica El Pozo Alimentación.
Más información
El programa reveló que los cerdos se encontraban en unas condiciones lamentables, con abscesos y grandes tumores que les impedían la movilidad, e incluso convivían con animales muertos en evidente estado de descomposición o restos de ellos colgados de las paredes. La grabación reveló incluso casos de canibalismo.
Además, la Consejería de Sanidad de Murcia informó con posterioridad sobre “deficiencias”, como la existencia de más animales de los permitidos en la licencia de actividad, lo que provocaba una mortalidad “triple a la habitual” debido a las condiciones de la granja. El director general de Ganadería del Gobierno murciano también criticó la “falta de escrúpulos” del propietario y el “total estado de abandono” de la explotación. Así mismo, el perito judicial concluyó que las lesiones observadas en los animales son compatibles de una situación de “maltrato por omisión o negligente donde no se han tomado las medidas necesarias para evitar su sufrimiento continuo, siendo abandonados a su suerte hasta que mueren y son objeto de prácticas de canibalismo por parte de sus congéneres de corral”.
Por unanimidad, la Sala anula el archivo del caso y ordena el pase al procedimiento abreviado porque del “análisis de las diligencias” permite concluir la “existencia de claros indicadores de un presunto maltrato animal” que deberá “determinarse en juicio oral”.