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Calendario de la declaración de la renta 2021-2022: fechas clave de la campaña

Arranca la campaña de la declaración de la renta. Estas son las fechas claves que debes marcar en tu calendario

Calendario declaración renta

Calendario de la declaración de la renta / Constantine Johnny (Getty Images)

Calendario de la declaración de la renta

La campaña de la renta sigue en marcha, después de que el pasado 6 de abril se habilitara la presentación por Internet de las declaraciones de IRPF y Patrimonio correspondientes al ejercicio fiscal de 2021, según el calendario fijado por la Agencia Tributaria. Desde esta fecha, los contribuyentes tienen dos meses —hasta el próximo 30 de junio— para reflejar sus ingresos y gastos ante Hacienda.

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Además de mediante Internet, el trámite podrá efectuarse por vía telefónica, desde el pasado 5 de mayo —la solicitud de cita previa se abrió el 3 de mayo—; o de manera presencial, en las oficinas de la Agencia Tributaria, a partir del 1 de junio —puede solicitarse cita previa desde el 26 de mayo—.

Sea cual sea la opción elegida, es posible saber previamente si la declaración saldrá a pagar o a devolver, gracias al simulador de la renta habilitado en la web de la Agencia Tributaria el pasado mes de marzo. Para obtener una estimación, basta con acceder a la plataforma Renta Web Open y, desde allí, cargar una declaración ya hecha (en formato .ses) o bien realizar un borrador desde cero.

Fechas clave para la campaña de la renta 2021-2022

  • 8 de marzo de 2022: solicitud del número de referencia para la declaración de la renta.
  • 16 de marzo de 2022: acceso a los datos fiscales que la Agencia Tributaria tiene de los contribuyentes.
  • 6 de abril de 2022: se abre el plazo para presentar la declaración de la renta por Internet.
  • 3 de mayo de 2022: solicitud de cita previa para realizar la declaración por vía telefónica
  • 5 de mayo de 2022: se abre el plazo para presentar la declaración de la renta por vía telefónica.
  • 26 de mayo de 2022: solicitud de cita previa para realizar la declaración de forma presencial.
  • 1 de junio de 2022: se abre el plazo para presentar la declaración de forma presencial.
  • 27 de junio de 2022: finaliza el plazo para presentar la declaración por Internet si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta.
  • 29 de junio de 2022: último día para solicitar cita previa para realizar la declaración por vía telefónica o de forma presencial.
  • 30 de junio de 2022: finaliza el plazo para presentar la declaración de la renta, por cualquiera de las vías, siempre que el resultado sea a devolver, renuncia a la devolución o resultado negativo.

Este calendario es el mismo para todas las comunidades autónomas, a excepción de País Vasco y Navarra, que se rigen por una fiscalidad propia. Los navarros tienen desde el 17 de abril al 22 de junio para hacerla, mientras que en País Vasco varía en función de cada provincia: en Vizcaya y Guipúzcoa, el plazo va del 4 de abril al 30 de junio; y en Álava, del 5 de abril al 27 de junio.

Novedades en la declaración de la renta

Entre las principales novedades de la renta este año destaca el alza de los tramos de IRPF para las rentas más altas. El tipo estatal que grava las rentas del trabajo superiores a 300.000 euros aumenta dos puntos (hasta el 47%) mientras que se eleva en tres puntos (hasta el 26%) para las rentas de capitales superiores a 200.000 euros. De acuerdo con las estimaciones del Ministerio de Hacienda, esta medida afectará a 36.194 contribuyentes (un 0,17%) y tendrá un impacto para el erario de 491,4 millones de euros.

Además, las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales se reducen a 2.000 euros como aportación máxima, al tiempo que se eleva el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) de 8.000 a 10.000 euros en los planes de empresa. También cambia el Impuesto de Patrimonios, después de que en los Presupuestos de 2021 se introdujera un alza del 1% para patrimonios de más de 10 millones de euros, hasta un tipo del 3,5%.

Por otra parte, Hacienda vigilará con lupa las inversiones en criptomonedas para evitar nuevas formas de fraude fiscal. A este respecto, ahora la declaración incluye un apartado concreto para especificar los saldos de monedas virtuales, que hasta ahora debían incluirse en el apartado genérico de 'Demás bienes y derechos de contenido económico'.

En cuanto a las exenciones por catástrofes naturales, quedan exentas de tributación las ayudas públicas para reparar la destrucción de elementos patrimoniales provocados, por ejemplo, por el volcán de La Palma, así como por incendios, inundaciones, hundimientos provocados por otras causas. Asimismo, quedan exentas las ayudas excepcionales concedidas en los supuestos de fallecimiento y de incapacidad absoluta permanente causados por la borrasca Filomena.

 
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