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"El deseo de tener un hijo no puede realizarse a costa de los derechos de otras personas": El Tribunal Supremo se pronuncia sobre los vientres de alquiler

¿Qué dice la sentencia del Tribunal Supremo sobre los vientres de alquiler? El periodista de Cadena Ser Pdro Jiménez y la abogada de derechos humanos Nuria González lo explican en La Ventana

La Ventana a las 16h | El Tribunal Supremo se ratifica sobre los vientres de alquiler: "Vulneran gravemente los derechos fundamentales, tanto de la mujer gestante como del niño gestado"

La Ventana a las 16h | El Tribunal Supremo se ratifica sobre los vientres de alquiler: "Vulneran gravemente los derechos fundamentales, tanto de la mujer gestante como del niño gestado"

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Madrid

El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre los vientres de alquiler. Ratifica que la gestación subrogada es una práctica que "vulnera gravemente los derechos fundamentales, tanto de la mujer gestante como del niño gestado" y son considerados como "simples objetos". Además, el alto tribunal ha recordado que "el deseo de tener un hijo, por muy noble que sea, no puede realizarse a costa de los derechos de otras personas". Apuntando que estos contratos suponen una "explotación de la mujer y un daño a los intereses del menor".

El caso del niño en Méjico

Esto se da como respuesta a un caso que ha explicado en La Ventana el periodista de tribunales Pedro Jiménez: “El Supremo lo que hace es resolver el recurso del padre de una madre que había comprado un hijo a través de un vientre de alquiler en México. Ella aceptó el contrato, entregaba al niño a cambio de un dinero, el padre biológico se había desentendido completamente de él”.

“Aquí en España la madre comitente quiso inscribirlo en el registro civil y el abuelo, el padre de esta mujer, recurrió”, ha detallado. “El juzgado no le dio la razón pero la audiencia sí que lo hizo, parcialmente, y ahora la sala de lo civil del Supremo lo que hace es volver a poner las cosas en su sitio y avala la primera decisión”.

Las sentencias previas

Es la segunda sentencia de este tipo, pero destaca, entre otras cosas, por su dureza: “Pone en la diana las agencias de intermediación, dice por ejemplo que negocian con la vulneración de derechos fundamentales, actúan sin ninguna traba en nuestro país, organizan ferias en las que promueven sus servicios, hacen publicidad de su actividad cuando dicen los magistrados que debería estar prohibida, porque se prohíbe la publicidad que atente contra la dignidad de la persona, y en este caso se atenta contra la dignidad de la mujer gestante”.

Sobre las consecuencias reales de tratar de inscribir a uno de estos niños gestados en el extranjero en España, el Supremo llega a la misma conclusión que con la ratificación anterior: Al final la sala reconoce que el niño acaba entrando ‘sin problemas’ en España y termina integrado en un núcleo familiar, entonces lo que hace la sala es decir que por lo menos acudamos al procedimiento de la adopción para ‘regularizar’ la situación del menor y preservar el interés superior del menor, que puede preservar de esta forma conservar sus derechos tanto respecto a la madre biológica como de la madre comitente”.

¿Por qué se registra a estos niños en España?

Para conocer la situación más a fondo, también se ha asomado a La Ventana Nuria González, abogada especializada en derechos humanos y presidenta de la asociación L'Escola, que denuncia la presencia de estas agencias en España.

Sobre lo que se puede hacer para frenar esta práctica, explica la abogada, es muy sencillo: “¿Por qué están entrando estos niños en España? Porque existe una instrucción del Ministerio de Justicia del cinco de octubre de 2010 que permite que los niños españoles nacidos en el extranjero se inscriban exclusivamente con documentos oficiales del país donde nacen”.

“Esto quiere decir que un documento oficial de un país como Ucrania donde dice que ese niño es tuyo, ya podías dirigirte al consulado de España en Ucrania e inscribir a ese niño sin que nadie te preguntara de dónde había salido ese niño”, detalla González, “ese es el gran fraude de ley, la gran y única puerta de entrada, porque en territorio nacional es imposible hacerlo”.

Aunque la polémica es muy ruidosa, la abogada explica que en cuanto a cifras reales no hay tantos niños en estas circunstancias, según los datos de las propias agencias, en los últimos diez años se calcula que hay unos 4.000 niños, lejos de los 10 millones que han nacido en nuestro país en ese mismo periodo.

 
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