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Qué hacer si he presentado la declaración de la renta 2022-2023 con errores

Cometer errores en la declaración de la renta puede suponer multas de hasta 30.000 euros

Declaración de la renta fecha límite

Existen posibilidades de subsanar los errores si nos hemos equivocado en la declaración de la renta / sukanya sitthikongsak

Existen posibilidades de subsanar los errores si nos hemos equivocado en la declaración de la renta

Miles de españoles se encuentran en proceso, y hasta el 30 de junio, de presentar la declaración de la renta. Es especialmente importante revisar que los datos proporcionados son correctos y completos, para evitar errores, ya que el contribuyente se puede ver obligado a hacer frente a sanciones impuestas por Hacienda. Entre las equivocaciones más comunes a la hora de hacerla destacan no revisar el borrador y enviarlo de forma rápida sin comprobar si tenemos derecho a desgravarnos algún gasto o que los datos hayan sido añadidos correctamente.

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Tanto si es por un despiste al realizar la declaración con prisa o un fallo intencionado, si presentas la declaración de la renta con errores y, a posteriori, te percatas de que contiene alguna equivocación, lo más fácil es ponerse en contacto directamente con la Agencia Tributaria. De esta forma los errores pueden subsanarse y así evitar las multas. Aún así, es posible que debamos hacer frente a algún cargo en caso de hacerlo fuera de plazo.

¿Cómo corregir tus errores en la declaración de la renta?

Los errores realizados en la declaración de la renta se pueden corregir mientras dure la campaña de la renta, en este caso, hasta el 30 de junio; o los cuatros años siguientes si se hace utilizando la opción de "Modificación de una declaración ya presentada". A la hora de subsanar los fallos de la declaración del IRPF es importante tener en cuenta si con los errores, el resultado nos sale a pagar o a devolver.

Si los errores favorecen a Hacienda

Existe el supuesto en el que los errores en la declaración inicialmente presentada favorezcan a Hacienda, es decir, que hayas pagado una cantidad superior o recibido una cantidad menor de la que te correspondía. Este tipo de equivocación suele deberse a errores de cálculo o al olvido de incluir deducciones a las que se tenía derecho.

En este caso, para subsanar los errores de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria, el contribuyente debe solicitar una "rectificación de autoliquidación" a través de su declaración previamente presentada y, desde ahí, marcando la casilla 127. Esta fórmula solo se puede utilizar si la declaración salió a devolver superando la solicitada, resultó a ingresar por debajo de la cantidad resultante o si incluye algún dato que no altere el resultado final de la declaración. Desde ahí se pueden modificar los datos erróneamente incorporados que se presentaron en su momento.

Sin embargo, no será posible solicitar una rectificación en el caso de que Hacienda ya haya realizado la liquidación provisional o definitiva por el fallo u olvido que se quiere corregir, o ya se hubiese superado el plazo de prescripción de cuatro años.

También puedes solicitar la rectificación de tu declaración de renta presentando un recurso o solicitud de rectificación.

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Si los errores favorecen al contribuyente

En el caso de que la declaración errónea obtenga un resultado que perjudique a Hacienda, el contribuyente debe proporcionar una declaración complementaria. Para presentarla, debes acceder al portal de la Renta WEB y al apartado de "Modificar declaración presentada", donde debes especificar que se trata de una declaración complementaria. En este caso no harás frente a ninguna penalización, siempre y cuando se entregue antes de que lo solicite Hacienda.

En el caso de no cumplir el plazo, tendrás que pagar un recargo del 5% si se hace dentro de los primeros tres meses, 10% si se realiza seis meses tarde o 15% si han pasado 12 meses.

Esta nueva autoliquidación debe incorporar los datos correctos, junto a los que ya presentaste en su momento, mostrando las nuevas modificaciones. Tal y como indica la Agencia Tributaria, "se restará del resultado de la autoliquidación complementaria presentada el importe que se ingresó en la originaria con errores u omisiones, si ésta fue positiva, o bien se sumará la devolución percibida, si resultó a devolver. El resultado obtenido es la cuota que debes ingresar como consecuencia de la autoliquidación complementaria."

Declaración de la renta: manual de instrucciones

19:12

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Laura García del Valle

Laura García del Valle

Periodista y SEO. Viví en Londres durante 5 años, pero la COVID me obligó a hacer las maletas y volver...

 
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