El Gobierno dejará en manos de las universidades el modo de elegir a los rectores (y otras claves de la reforma universitaria)
"Serán los estatutos los que fijen los requisitos", ha explicado el ministro de Universidades que ha presentado la nueva ley que en las próximas semanas irá al Consejo de Ministros
Madrid
El ministro de Universidades, Joan Subirats, ha presentado este lunes el borrador del anteproyecto de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), que plantea con el objetivo de que el sistema mantenga su capacidad “instalada” de “servicio público” para abordar “los retos del cambio de época”. Así lo dijo durante un encuentro informativo en la sede del ministerio en Madrid, en el que adelantó que “si todo va bien en las próximas semanas irá al Consejo de Ministros” para que comience a tramitarse en el Parlamento antes de finales de junio, cuando acaba el periodo de sesiones en el Congreso. Asimismo, la LOSU promoverá la europeización e internacionalización del sistema universitario. “Es una exigencia”, zanjó Subirats, que remarcó que “los gobiernos de las comunidades autónomas y las universidades deberán elaborar estrategias para internacionalizar” a través de alianzas internacionales como las redes europeas y el Espacio Iberoamericano de Educación Superior y el fomento de la movilidad de estudiantes y trabajadores. Asimismo, aseguró que “para atraer talento”, “una gran preocupación”, el visado se otorgue a estudiantes extranjeros será “por el tiempo que duran los estudios”. También, para atraer ese talento externo, se crea la figura del profesor distinguido.
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Subiráts, que espera elevar próximamente el documento al Consejo de Ministros, ha confiado en que su tramitación parlamentaria comience antes de que concluya este periodo de sesiones.
Estos son algunos de los objetivos de la reforma universitaria:
Internacionalización del sistema universitario
Los Gobiernos, CCAA y las universidades tienen que elaborar estrategias para internacionalizar el sistema universitario.
Reforzar las alianzas universitarias europeas impulsando títulos compartidos.
Propone que el visado de los estudiantes extranjeros se conceda para todo el tiempo que duran los estudios y dos años más para hacer prácticas tras finalizar los estudios de grado, máster o posgrado.
Se crea la figura del "profesor distinguido" para atraer docentes de prestigio académico e investigador extranjero.
Formación permanente
Otro de los objetivos de la reforma es hacer que las universidades estén dirigidas a todas las edades, tal y como la Unión Europea y recientes estudios demográficos indican que sucederá en las próximas décadas.
Para ello, se establecerán títulos mediante modalidades diversas, incluidas microcredenciales, microgrados y otros programas de corta duración, que podrán tener reconocimiento académico.
Estudiantado
Se incrementa la participación de los estudiantes en los órganos de gobierno de la universidad, como el claustro o los consejos de facultad, un mínimo del 25%. La actual Ley Orgánica de Universidades (LOU) no se asegura ningún porcentaje.
Carrera académica
Con la nueva normativa, desde el inicio los estudios de doctorado hasta la estabilización solo pasaran diez años, con el objetivo de rejuvenecer la plantilla universitaria. Se accederá por concurso público.
El acceso a la carrera se realizará con la figura del Ayudante Doctor, que tendrá un contrato de 6 años, en lugar de 5, como paso previo a la estabilización a través de las figuras de "titular de universidad" o bien de "permanente laboral", mediante la acreditación pertinente y un concurso público.
Reducción de la temporalidad
El profesorado con contrato laboral temporal no podrá superar el 20% en efectivos de la plantilla de personal docente e investigador.
Se reserva un 15 por ciento de las plazas para el profesorado que lleva años contratado bajo figuras no adecuadas (asociado, visitante y otras) como vía de entrada a la carrera académica.
Gobernanza
El claustro será el órgano de máxima representación y participación de la comunidad universitaria garantizando siempre un 25 por ciento de mínimo de representación del estudiantado, así como una representación del 51 por ciento para el personal docente e investigador.
Además, se consolida el Consejo de Estudiantes en cada universidad.
El mandato de los rectores será de seis años improrrogables y no renovables.
Las universidades tendrán autonomía para la definición de sus estatutos así como para la creación de otras estructuras en departamentos y facultades.
Discapacidad
Las universidades deberán contar con un servicio de atención a la discapacidad y disponer de un plan de inclusión y no discriminación por motivos de discapacidad, origen étnico y nacional, orientación sexual e identidad de género, y por cualquier otra condición social o personal.
Se establece también un cupo de reserva para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público.
Las universidades deberán facilitar la lengua de signos, así como fomentar estudios propios adaptados a personas con discapacidad intelectual u de otra índole.