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Tribunales | Actualidad

La Audiencia comienza a revisar de oficio las condenas por agresión sexual

Ciudad de la Justicia en Málaga. / Europa Press

Málaga

La Audiencia de Málaga comienza a revisar de oficio las condenas de aquellos penados que cumplen prisión por delito de violencia machista.

Se trata de ajustar las penas a las modificaciones contempladas en la Ley del solo Sí es Sí.

Las cinco secciones de lo penal de la Audiencia de Málaga han comenzado un proceso de cribado para ver qué sentencias son susceptibles de sufrir modificación con la aplicación del nuevo marco.

Serán alrededor de un centenar las sentencias que se van a revisar por condenas de violencia machista en Málaga.

Se hace de oficio, asegura la presidenta de la Audiencia, Lourdes García Ortiz, atendiendo a lo que obliga la ley según el artículo 9 de la Constitución y el 2 del Código Penal que se refieren a la aplicación de una norma cuando sea beneficiosa para el penado.

La criba dejará fuera de revisión los casos en los que la pena sea igual con la nueva Ley o aquellas en las que se haya suspendido el cumplimiento de cárcel al condenado.

Del resto, se revisarán todas, caso por caso, incluidas las de penados con delito de pena mínima, de tentativa o con atenuantes. En caso de que se decida que es susceptible de aplicar una rebaja en la pena se dará traslado del caso para que informen a cada una de las partes: acusaciones, defensas y Fiscalía.

Como regla general el criterio que han decidido los más de 20 magistrados de la Audiencia, tras la reunión que mantuvieron este martes, será que cuando la condena anterior se haya puesto por la pena mínima será rebajada según la presidenta de la Audiencia, Lourdes García Ortiz:” Que tenemos que analizar las causas para valorar si tenemos que tramitar la revisión, que como norma general si la pena que resulta de la nueva regulación también se podía aplicar con la anterior no se tendrá que revisar a excepción de que la pena mínima resulte inferior, en ese caso sí, o si también resulta inferior por la aplicación de atenuantes y si la pena está suspendido no hay que revisarla, que los recursos son los mismos que los de la sentencia dictada, que vamos a analizar caso a caso y que vamos a estar pendiente de lo que nos dice el Supremo”.

Desde la Audiencia aseguran que los recursos a la nueva condena serán los mismos que, en sentencia, es decir, ante el Supremo si es anterior a 2016 o el TSJA con las posteriores.

Ignacio San Martín

Periodista de Málaga especializado en tribunales...