Tribunales

El Tribunal Militar Central decidirá a quién corresponde la competencia del caso Cerro Muriano

El Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla desestima los recursos de las partes, incluida la Fiscalía Militar

Homenaje a los caídos en el acto de toma de mando del nuevo general jefe de Cerro Muriano / María Eugenia Vílchez

Un auto del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla, obliga a elevar al Tribunal Militar Central la competencia sobre la causa abierta por la muerte de dos militares en Cerro Muriano ahogados en un ejercicio de instrucción el 21 de diciembre de 2023.

En un auto contra el que no cabe recurso y que firma la Coronel Auditor del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla, Inmaculada Benavente Cózar, se rechazan los recursos de apelación, tanto de la Fiscalía como de la familia del soldado sevillano Carlos León. Así que la situación vuelve al mismo punto en el que estaba el 16 de abril cuando el Togado 21 dictó el auto de inhibición.

Ahora habrá que remitir la documentación al Tribunal Militar Central que será quien diga si el Togado 21 tiene que inhibirse en la causa, una vez escuchados los argumentos y el informe de la Fiscalía Militar.

En el documento al que ha tenido acceso Radio Córdoba la Coronel Auditor califica de "inadecuado" que "se hiciera el ofrecimiento a las partes de recurrir un auto de inhibición", por lo que a su juicio, "es improcedente".

Benavente Cózar estima que con este paso "se otorga a este Tribunal la posibilidad no contemplada por la ley, de aceptar o no la inhibición, valorando la existencia o no de indicios contra personas aforadas sobre las que no tiene competencia".

La coronel estima que "no es misión del Togado de Sevilla, hacer valoración de las actuaciones y de la posible existencia de indicios de responsabilidad contra aforados", indicando que su competencia solo llega al grado de capitán.

Sin embargo "la jurisprudencia pone de manifiesto que para que se produzca el cese de competencia del juzgado togado, no basta con la imputación a aforados, "habría que depurar las diligencias, completar la investigación hasta que aparezcan "indicios racionales de criminalidad". El documento señala que no basta con la formulación del auto, que "es necesario que en la documentación se le impute de modo inequívoco y directo la comisión o implicación en un hecho o hechos concretos y determinados, para concretar la imputación fáctica contra dicha persona aforada", o no se haga en el caso en el que no se pueda concretar.

El auto con fecha de 22 de mayo, da tres días al juez instructor para que notifique a la Fiscalía Jurídico Militar y al resto de las partes: los padres del soldado Sevillano Carlos León, la viuda y la familia del cabo cordobés, Miguel Ángel Jiménez Andújar; y los abogados de el capitán y el teniente encausados y la documentación se remita al Tribunal Militar Central que determinará la competencia y aceptará la inhibición o pedirá más pruebas y documentación.

María Eugenia Vílchez

María Eugenia Vílchez

Me mueven las causas justas. Me gusta contar historias y dar voz a personas que normalmente no la tienen...

 
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