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Condenados los dos sicarios que mataron de doce tiros a un hombre en Marbella en 2020

CIUDAD DE LA JUSTICIA MALAGA / CADENA SER

Condenados los dos sicarios que mataron de doce disparos a un hombre en Marbella cuando cruzaba un paso de peatones en junio de 2020.

El juicio con jurado estaba previsto este lunes aunque el Tribunal popular no ha llegado a constituirse, un acuerdo entre las partes cierra el caso y rebaja a la mitad la pena que pedía la Fiscalía para los acusados.

Ellos admiten que fueron contratados para matar a la víctima de nacionalidad montenegrina. La policía atribuyó el crimen a una guerra entre bandas rivales.

Alquilaron un piso en Estepona y un coche, lo hizo con documentación falsa uno de los procesados.

El dos de junio de 2020, en plena pandemia, llegaron al lugar de los hechos en Marbella en motocicleta y mientras uno de los sicarios se quedó esperando el otro fue a por el objetivo a plena luz del día, al filo de las dos de la tarde, y cuando estaba cruzando un paso de cebra le descerrajó cuatro tiros por la espalda con una pistola modificada. La víctima cayó al suelo y allí le disparó otras ocho ocasiones en el pecho, cabeza y nuca, en total doce disparos que acabaron con la vida de la víctima.

Huyeron y fueron detenidos poco después en Barcelona.

La Fiscalía los acusó de delitos de asesinato, tenencia ilícita de armas y falsedad documental, pedía para ellos, en total, 73 años de cárcel, tras un acuerdo, mantiene los cargos, pero rebaja la condena a un total de 36 años y medio de prisión, en concreto a uno de los acusados lo condena a 19 años de prisión, al otro a diecisiete años y medio de cárcel.

La sentencia es firme, contra ella no cabe recurso al ser fruto de un acuerdo entre las partes, e incluye una indemnización de 50.000 euros para los herederos de la víctima.

Un fallo en el que el tribunal es taxativo con la resolución que, en teoría, exigía primero que se constituyera el jurado para, después, practicar la prueba y emitir veredicto y sentencia, todo aunque las partes ya hubieran llegado a un acuerdo, un procedimiento que, según el tribunal “resulta fuera de toda lógica procesal y jurídica e, incluso, de racionalización de medios, constituir el Jurado popular cuando ya se conoce con carácter previo que la voluntad del acusado y de la defensa es conformarse con los hechos imputados y la pena o medida solicitada, ya que la consecuencia de tal conducta no es otra que la disolución inmediata del Jurado sin haber tenido intervención en la resolución de la causa, pues no es a éste sino al Magistrado a quien compete valorar la procedencia y viabilidad de la conformidad, tal como dispone el precepto citado. En definitiva, estaríamos ante una actuación del Jurado superflua, innecesaria y contraria al principio de economía procesal y de racionalización de los medios económicos de los que dispone la Administración de Justicia, que retrasaría absurdamente la resolución del procedimiento, estando vacía de contenido”.

Ignacio San Martín

Ignacio San Martín

Periodista de Málaga especializado en tribunales y motor. Responsable de 'Autoradio', programa decano...

 
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