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Denuncian ante la Inspección que en la cárcel de Málaga obligan a los funcionarios a trabajar 24 horas seguidas

CSIF culpa a la dirección de saltarse la normativa de horarios de la plantilla de funcionarios

Prision Alhaurín de la Torre / CADENA SER

Málaga

El sindicato de CSIF ha denunciado ante la Inspeccón Laboral a la dirección del Centro Penitenciario de Alhaurín de la Torre, en Málaga, por saltarse la normativa de horarios de la plantilla de funcionarios. Según este queja oficial de la central, algunos profesionales están siendo obligados realizar turnos de 24 horas de trabajo. Tal como refleja la denuncia a la que ha tenido acceso la SER, lel delegado de prevención en los Centros Penitenciarios de la provincia de Málaga, por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSIF "está en desacuerdo con la nota de Dirección 25/08 por la que se regulan los servicios noctunoos de ahora en adelante, implicando ello que los funcionarios que han hecho el servicio de mañana y tarde, deben quedarse a realizar el servicio de noche, lo que supone 24 horas de trabajo continuado. La Instrucción 7/19 que regula las jornadas y horarios de los funcionarios destinado en los servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, regula en su artículo 6.1.4: Las jornadas laborales se desarrollarán, como norma general, los días que a cada funcionario o funcionaría le corresponda dentro de su cadencia, según lo establecido en el calendario laboral. No obstante, las personas titulares de las Direcciones de los Establecimientos Penitenciarios, podrán autorizar cambios de jornada, cadencia y/o tumo sin que estos puedan

  • Unir las jornadas de dos cadencia seguidas
  • Jornadas de veinticuatro horas continuadas
  • Trabajar después del último turno de noche de la cadencia."

Del mismo modo, en el artículo un que habla de las normas generales se especifica: 1.5.1. Cuando por razón a los programas y prestaciones que se ofrecen en el Establecimiento y que están a cargo de personal que tiene asignado horario general, deban cubrirse determinados servicios los sábados, domingos y festivos, la Dirección designará rotativamente al personal funcionario que corresponda para desempeñarlo.

Hora 14 Málaga (09/04/2025)

1.5.2. En los mismos términos se actuará cuando sea preciso reforzar algún turno de trabajo o sustituir a algún empleado o empleada, en cualquiera de las áreas del Centro, cuando venga motivado por circunstancias sobrevenidas y extraordinarias que no pudieron ser previstas en la planificación ordinaria de los servicios. Las jornadas de 24 horas que se están realizando en este Centro Penitenciario está siendo de forma continuada.

Además hay funcionarios y funcionarias a los que se está obligando a venir a trabajar por la noche, a cambio de su jornada diurna, para evitar el pago de la remuneración que exige la Instrucción 11/19. Especial circunstancia a los/las compañeros/as en prácticas que se ven coaccionados a admitir ese cambio y no percibir el pago de las horas trabajadas en horario nocturno. A otros compañeros se les obliga a quedarse por la noche tras su jornada de trabajo de mañana tarde, con el desgaste que supone y el poco respeto por la conciliación familiar, estrés o problemas de salud que pueda acarrear para estos trabajadores o circunstancias varias que surjan por obligarles a permanecer 24 horas en el centro. Esta dirección está cambiando los turnos y obligando a trabajar conforme a un plan establecido, en el que se expresa incluso la prelación de los funcionarios que quedan retenidos, dando lugar a que siempre toque a los mismos, ya que debe quedarse en primer lugar el funcionario al que no le hayan dado relevo en su módulo".

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Añaden desde Csif que "el hecho de que los funcionarios, al desconocer hasta última hora si deben realizar servicio nocturno, no han llevado cena y lo que se está proporcionando en lugar de una dieta o un menú en condiciones, es un bocadillo y una botella de agua, que como bien saben, es lo que se ofrece a los interos que salen en conducción. Esta forma de proceder debería ser aplicable sólo de forma temporal, en situaciones excepcionales, motivadas y por escrito indicando qué funcionario es el indicado para hacer horas extra, conforme al artículo 1.5.6: En todo caso, cada vez que sea imprescindible exigir un mayor número de horas de servicio, al constituir una situación excepcional, se hará una anotación en el expediente del personal afectado, con indicación del día en que se ha producido, causa, y horas efectivamente realizadas fuera de su jornada laboral"

"Por todo lo cual, y por entender que no se está aplicando la normativa aboral del personal penitenciarios, que cada vez entienden más menoscabados sus derechos con una plantilla cada vez más mermada. Que la inspección de trabajo verifique lo denunciado en este escrito y exija a la dirección del centro el cumplimiento de la normativa vigente en materia de horarios, y que solicite a la Secretaria General un aumento de personal suficiente que posibilite que esta situación de tener que realizar servicio de 24 horas sea de manera excepcional, y en el caso de que se produzca se garantice unas condiciones laborales mínimas y se abone el tiempo extra trabajado en la siguiente nómina".

Jesús Sánchez Orellana

Director de contenidos de SER Málaga. Cubre además...