Un decreto de la alcaldesa prohíbe aplicar purines durante la Feria Huesca es Dulce
La ordenanza municipal permite prohibir su uso en los días que por motivos institucionales que el Ayuntamiento pudiera marcar
Feria Huesca Dulce en su 1ª edición
Huesca
La alcaldesa de Huesca, Lorena Orduna ha dictado un decreto, que publica este jueves el Boletín Oficial de la Provincia, por el que prohíbe la aplicación agrícola de purines, estiércoles y otros productos del estilo, en una distancia menor a dos kilómetros, desde el 16 y hasta el 19 de octubre, con motivo de la celebración de la II Feria Huesca es Dulce en la ciudad. En los últimos días se ha percibido un fuerte olor a purín en algunos momentos.
En la argumentación de esta prohibición, la alcaldesa recuerda que Huesca va a ser un importante centro de atención para todo el país, con una importante afluencia de visitantes y la asistencia de los más importantes reposteros nacionales e internacionales.
Por ello, se toma esta medida, con el fin de “garantizar una imagen medioambiental y turística adecuada de la ciudad y evitar la negativa repercusión que pudieran producir las molestias e incomodidades generadas por la aplicación agrícola de purines, estiércoles y otros residuos ganaderos y agrícolas”.
Oscenses y visitantes ya han notado en diversas ocasiones en los últimos días, el fuerte y desagradable olor de los purines, en algunos momentos.
ORDENANZA
El Ayuntamiento de Huesca ya redactó en 2019 una ordenanza sobre la aplicación de purines con la que se pretendía regular esta práctica, para prevenir y en último caso corregir la contaminación medioambiental eliminando, en la medida de lo posible, la negativa repercusión que en la calidad de vida de los vecinos producen las molestias generadas por la aplicación agrícola de purines, estiércoles y otros residuos ganaderos y agrícolas, así como compatibilizar dichas labores con otras actividades económicas y sociales.
La ordenanza prohíbe la aplicación agrícola de purines en Huesca capital en varias fechas: Del 1 al 31 de agosto en el todo el término municipal, así como los días festivos de ámbito local, autonómico y nacional. Del 1 de junio al 31 de julio, y del 1 de septiembre al 1 de octubre en una distancia menor a 1 km de la última vivienda, así como sábados, domingos y previo a festivos. Y del 2 de octubre al 31 de mayo en una distancia menor a 300 metros de la última vivienda.
Además, se puede prohibir los días que por motivos institucionales que el Ayuntamiento pudiera marcar, previo aviso a los interesados mediante la publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en una distancia menor a 2 km de la última vivienda.




