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Varapalo judicial al futuro balneario de La Palma: condenan al Cabildo a revertir la expropiación forzosa y al pago de costas procesales

Una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha revertido la expropiación forzosa que hizo el Cabildo de La Palma de los terrenos de la Fuente Santa para ejecutar el balneario. Se trata de un proyecto clave para el desarrollo turístico de la Isla Bonita.

Mariano Hernández (PP), Anselmo Pestana (PSOE) y José Luis Perestelo (CC) / Cadena SER

Mariano Hernández (PP), Anselmo Pestana (PSOE) y José Luis Perestelo (CC)

Tenerife

El pleno del Cabildo insular de la palma declaró la necesidad de ocupar las parcelas e iniciar el proceso de expropiación forzosa de los bienes y derecho de propiedad privada, cuya declaración de utilidad pública y necesidad, tenían como finalidad construir el balneario de la Fuente Santa. El 17 de octubre de 2018 el Cabildo insular de La Palma declaró la necesidad de ocupar las parcelas que serían necesarias para construir este balneario, acuerdo ratificado en pleno el 18 de marzo de 2019. Comenzó entonces una batalla judicial por parte de los propietarios de esas parcelas.

El Juzgado de lo Contencioso número tres de Santa Cruz de Tenerife desestimó el recurso de los propietarios en primera instancia, dando validez al acuerdo plenario que aprobó la expropiación forzosa. Sin embargo, los propietarios recurrieron aquella sentencia y ahora la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias resuelve que la expropiación forzosa de estos terrenos es nula. Además, condena al Cabildo al pago de las costas procesales en primera instancia. La sentencia establece que la disposición adicional en la que se sustentó el Cabildo para acordar la expropiación se encontraba derogada en el momento de su aprobación.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, la consecuencia no puede ser otra que la nulidad al resultar un acto contrario a la ley. "Hemos de darle la razón a la parte recurrente en cuanto que la resolución de 17 de octubre de 2018 del Pleno del Cabildo Insular de La Palma (incuestionablemente objeto de recurso), contiene que con fin de proteger un espacio natural delimitado e integrado en el Monumento Natural de Volcanes de Teneguía, se acordó iniciar procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos de propiedad privada cuya declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación derivaba de dicho acuerdo", puede leerse en la sentencia.

Proyecto de balneario de la Fuente Santa, en Fuencaliente

Proyecto de balneario de la Fuente Santa, en Fuencaliente / Cabildo de La Palma

Proyecto de balneario de la Fuente Santa, en Fuencaliente

Proyecto de balneario de la Fuente Santa, en Fuencaliente / Cabildo de La Palma

La derogación de la Disposición Adicional Decimoctava de la Ley 14/2014 de 26 de diciembre devuelve la reclasificación originaria de los Espacios Naturales e impide la expropiación

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC explica que se trata de una "cuestión fundamental" que el argumento base para la expropiación recogido en el acuerdo original del Cabildo "es la aplicación de la Disposición Adicional Decimoctava de la Ley 14/2014 de 26 de diciembre". Según el TSJC, "esta Disposición, en la que se sustentó la Administración para acordar la expropiación, estaba derogada por mor de la Disposición Derogatoria Unica, número 1, letra f) de dicha Ley 4/2017, de 13 de julio".

La derogación de la citada Disposición Adicional supone recuperar la reclasificación originaria de los Espacios Naturales recogidas en el Decreto Legislativo 1/2000. Si la norma que daba cobertura a la resolución originaria recurrida no estaba en vigor, "la consecuencia no puede ser otra que la nulidad", sentencia el Alto Tribunal canario. La sentencia, contra la que cabe recurso de casación en un plazo de treinta días, hace imposición de las costas en primera instancia al Cabildo de La Palma.

El balneario de la Fuente Santa es el proyecto turístico más importante de la isla y la "esperanza" para La Palma, según sus promotores políticos

Esta sentencia del TSJC deja el proyecto político de mayor envergadura de esta legislatura impulsado por el Partido Popular y el Partido Socialista en una situación crítica. Así las cosas, y aunque cabe recurso, la ejecución del balneario de la Fuente Santa sería en este momento imposible de desarrollar porque el Cabildo no dispone de los terrenos que pretendía expropiar. La Fuente Santa permaneció oculta durante siglos y es uno de los manantiales de aguas termales con propiedades curativas más famoso de Europa. Existe incluso un proyecto definitivo para su construcción, que se ha topado con innumerables dificultades.

Javi Rodríguez

Javi Rodríguez

(La Palma, 1991) Periodista vinculado a la Cadena SER en Canarias desde el año 2009, apasionado de los...

 
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