Reducen a la mitad el permiso de una madre soltera para cuidar de su bebé: las consecuencias de juzgar sin perspectiva de género
"Estamos luchando para que nuestros hijos tengan las mismas semanas de cuidado que tienen las familias biparentales", denuncia Ainoha Reguera, presidenta de la asociación canaria de Madres por Elección, tras la decisión del TSJC de reducir el permiso de una madre soltera para cuidar de su bebé
Canarias
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TJSC) ha rechazado en una sentencia la acumulación de los permisos de maternidad y paternidad en una persona que cumple por sí sola ambos roles: una madre soltera por elección. La recurrente dio a luz a un hijo concebido por inseminación artificial, la Seguridad Social le reconoció el derecho a dieciséis semanas de permiso de maternidad remunerado, la mujer acudió al juzgado solicitando la ampliación de la licencia a treinta y dos semanas por tratarse de una familia monomarental y éste estimó parcialmente la demanda. En primera instancia, la Justicia reconoció el derecho a veintiséis semanas de permiso, diez más de las reconocidas por el Estado. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TJSC) ha revocado esta decisión con el voto en contra de dos magistradas de la Sala.
"A nosotros nos quita el sueño cosas como esta, estamos luchando para que nuestros hijos tengan las mismas semanas de cuidado que tienen las familias biparentales, en muchas ocasiones lo conseguimos, pero luego recibimos jarros de agua fría como este", explica Ainoha Reguera, presidenta de la asociación canaria de Madres por Elección en Hoy por Hoy Tenerife. Reguera destaca la incoherencia del alto tribunal, que reconoce la vulnerabilidad de las mujeres pero afirma que es algo "que ellos no pueden solucionar, debe ser el Estado el que legisle, están reconociendo que nuestras familias necesitan más cobertura pero ellos no la dan, como sí han hecho otros tribunales de España", explica. "Esto repercute en tu hijo, tú quieres cuidar de tu bebé que es muy pequeñito y estás sola", añade.
Entrevista Ainoha Reguera en Hoy por Hoy Tenerife
La expresidenta de la Asociación de Mujeres Juezas de España ha mostrado públicamente su desacuerdo
La sentencia cuenta con un voto particular disidente suscrito por las magistradas Rosario Arellano y Glòria Poyatos, expresidenta de la asociación de Mujeres Juezas de España, que abordan el debate jurídico integrando las perspectivas de infancia y de género en la interpretación del derecho reclamado por la madre trabajadora, ausentes en la decisión mayoritaria. Ambas perspectivas son de obligado cumplimiento para los tribunales españoles, en su condición de poderes del Estado.
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La perspectiva de infancia deriva de la propia finalidad del permiso reclamado que es la del cuidado del bebé, lo que revierte positivamente en el desarrollo del menor, de acuerdo con los mandatos contenidos en la Convención de los Derechos del niño. El hecho de que la madre (monoparental) disponga de la mitad del tiempo de prestación para cuidar al lactante, impacta negativamente en el bebé. En opinión de las magistradas, debe juzgarse con perspectiva de género, ante el impacto desproporcionado de género que tiene la reclamación de la trabajadora.
El 81% de las familias monoparentales se encabezan por mujeres: son familias 'monomarentales'
La ausencia de perspectiva de género en este concreto enjuiciamiento podría convertirse en discriminación indirecta de la mitad de la población femenina. En la misma línea de este voto particular se colocan los Tribunales Superiores de Justicia de otras Comunidades Autónomas como Cataluña o País vasco. Próximamente el Tribunal Supremo deberá unificar doctrina que es contradictoria, dependiendo del lugar geográfico en el que nos hallemos.
Javi Rodríguez
(La Palma, 1991) Periodista vinculado a la Cadena...