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Un juez cancela una deuda de más de un cuarto de millón de euros a una vecina de Tenerife

La afectada se quedó sin recursos por la quiebra de las empresas de su exmarido

Palacio de Justicia de San Cristóbal de La Laguna. / EFE

Santa Cruz de Tenerife

El Juzgado Número 3 de San Cristóbal de La Laguna ha dictado un auto por el que cancela la deuda que arrastraba una vecina del municipio de El Sauzal por importe de más de 300.000 euros. Se trata de una decisión sin precedentes en cuanto a la cantidad cancelada en Canarias aplicando la denominada Ley de Segunda Oportunidad. Todo comenzó hace 15 años cuando, la mujer se casó en bienes gananciales con su marido quien tenía varias empresas. Además de no establecer separación de bienes, la mujer concedió un poder a su marido para que gestionara sus propiedades que le pertenecían como patrimonio personal, es decir antes de contraer matrimonio. El problema surgió cuando tras las crisis económicas de 2008 y la derivada de la pandemia de Covid-19, las empresas quebraron.

El letrado de Repara tu deuda, Toni Galve, explica que "el marido de mi clienta tenía unas empresas que no le funcionaron y pidió financiación para sí mismo como para las empresas para poder salvarlas. Para ello las avaló con sus bienes y ella perdió todo sin tener ninguna culpa. Nosotros preparamos el caso y vimos que se adecuaba a los requisitos que contempla la Ley de Segunda Oportunidad", explica en abogado quien asegura que tras la quiebra de las empresas, el marido abandonó el país quedando su mujer con las deudas contraídas. Posteriormente, la pareja se divorció. La afectada perdió su vivienda, coches y a la larga también vio embargado el sueldo de un trabajo que acabó perdiendo. En el auto judicial se reconoce la existencia de la deuda y la incapacidad de la afectada para poder asumir y hacer frente a la misma, por lo que procede a la cancelación de la deuda cifrada en un total de 313.701 euros.

Legislación protectora

La ley de segunda oportunidad nació con el objetivo de paliar los efectos de la crisis económica y financiera de 2008 cuyos efectos se prolongaron durante una década y que se ha visto agravada, en muchos casos, por las consecuencias derivadas de la pandemia de Covid-19. Desde su entrada en vigor en 2015, esta legislación ha beneficiado a más de 20.000 personas. El objetivo es permitir cancelar deudas a personas que se encuentren en una situación de insolvencia y en un estado de precariedad económica. Antes de la citada legislación, aquellas personas que se encontraban en la insolvencia podían entrar en concurso de acreedores pero, una vez resuelto, no podían cancelar las deudas contraídas con entidades bancarias y administraciones públicas. Con este mecanismo legal sí es posible hacerlo, de ahí que se la defina como Ley de Segunda oportunidad ya que el afectado puede empezar de cero y evitar que los acreedores puedan embargar salarios.

Los requisitos

Le legislación contempla varios requisitos que se deben reunir para que el juez sentencie a favor de la cancelación de la deuda. Entre ellos destacan la buena fe del deudor, no haberse acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos 10 años antes de su solicitud, declararse en situación de insolvencia inminente, las deudas contraídas no pueden superar los cinco millones de euros, no tener condenas por delitos de económicos o falsedad documental en los últimos 10 años y no ser declarado culpable en el concurso de acreedores previo.