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Ya está aquí la campaña del IRPF: todas las claves y novedades para que la declaración salga mejor en Canarias

Los contribuyentes con residencia habitual en las Islas verán mejoradas las deducciones actuales, del 20% al 40%, y 8 de cada 10 isleños podrán beneficiarse de otra extraordinaria por el alza de precios

Carlos Fernández (Gestha): "Hay que revisar con detalle los datos y las deducciones posibles"

Santa Cruz de Tenerife

El arranque de la campaña de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que tiene lugar este martes, es el tema que trae de cabeza en estos momentos a la mayor parte de los canarios, sean trabajadores o estén jubilados. A partir de ese momento, ya estará disponible el borrador de cada contribuyente en la web de la Agencia Tributaria y se podrá realizar también su tramitación. La fecha límite de la campaña de la Renta 2022 será el próximo 30 de junio y la declaración se podrá tramitar por tres vías: on line, de forma presencial y telefónicamente. Llega con novedades destacadas, particularmente en Canarias, donde las deducciones autonómicas se duplican, lo que supondrá un mayor beneficio fiscal para los residentes en el Archipiélago.

El portavoz del sindicato de técnicos de Hacienda en Canarias, Carlos Fernández, recomienda no precipitarse con la entrega de los documentos, ya que aunque los programas informáticos que ha desarrollado la Agencia Tributaria son cada vez más completos, no incluyen muchas de las deducciones, y es ahí donde debemos estar ojo avizor para tratar de obtener un resultado más favorable. Fernández recuerda que tenemos casi tres meses para presentar la declaración.

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Fechas clave y modalidades

Teniendo en cuenta las modalidades de presentación, vamos a apuntar las fechas que debemos tener presentes:

-Declaración online. Desde el 11 de abril hasta el 30 de junio estarán disponibles los borradores en www.agenciatributaria.gob.es

-Declaración telefónica. A partir del 3 de mayo comenzarán a darse citas para la atención telefónica para la realización de la declaración. Las llamadas a los usuarios que lo hayan solicitado empezarán a llevarse a cabo a partir de l día 5 de mayo. Los teléfonos a los que se debe llamar para solicitarlas son el 91 5357326 (donde un dispositivo automático le asignara la fecha y la hora de su cita telefónica) y el 91 5530071 (donde le atenderá un operador que le dará cita)

-Declaración presencial en Hacienda. El 25 de mayo, en los mismos teléfonos señalados en el apartado anterior, podrán empezar a solicitarse las atenciones presenciales, que se producirán a partir del 1 de junio.

Quiénes pueden pedir atención presencial

Pero ojo, porque no todo el mundo tiene derecho a que se le ofrezca una asistencia presencial para realizar la declaración de la renta. La mayor parte de los autónomos, salvo casos muy puntuales (como por ejemplo, los taxistas), no pueden acudir a esta modalidad. Tampoco las rentas de más de 85.000 euros ni las personas que hayan recibido una herencia o perciban réditos por el alquiler de dos o más propiedades.

Lo que se pretende con esto es que sean las personas con menos recursos económicos y menos conocimientos y preparación sean quienes se beneficien preferentemente de este tipo de atención que a lo largo de los años ha ido quedando como residual.

Consejos

Entre los consejos que el portavoz de Gestha da a los contribuyentes, además de observar con detenimiento todas la posibles deducciones está el de no dejarse llevar por los nervios. De hecho, apunta que aunque la Agencia Tributaria refuerza los servidores durante estos días, lo normal es que se se colapsen en algún momento las primeras jornadas. Paciencia. Recordemos que nos quedan muchas semanas por delante.

Carlos Fernbández: "Aunque se refuerzan los servidores, al principio se colapsa"

Por otro lado, Carlos Fernández aconseja informarse muy bien de cómo nos conviene cobrar nuestro plan de pensiones y cuál es el momento del año en que más nos beneficia jubilarnos. A algunas personas puede interesarles esperar hasta diciembre y luego cobrar de golpe todo el importe del plan de pensiones, mientras que para otros será mejor percibirlo en forma de renta mensual.

Igualmente, apunta que con las deducciones por alquiler de vivienda habitual (que cuenta además con una parte específica para Canarias con requisitos diferentes a los de la estatal, ya que esta última tiene el hándicap de exigir que el contrato sea anterior a 2015) hay que tener cuidado de aportar el número de referencia catastral para evitar que nuestra declaración quede bloqueada.

Novedades para los canarios

Por otro lado, este año se incorporan importantes novedades en el tramo autonómico, de las que se podrán beneficiar los contribuyentes con residencia habitual en Canarias.

Las medidas aprobadas en su momento por el Gobierno de Canarias y contempladas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma consisten fundamentalmente en el incremento de más de la mitad de las deducciones ya existentes y la creación de otra extraordinaria para compensar el alza de los precios. Las mejoras afectan a las cuantías y a los límites de renta establecidos para su disfrute, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios potenciales. Precisamente ayer, el sindicato de Técnicos de Hacienda, señaló que los contribuyentes canarios serán los que se beneficiarán de más deducciones de todo el Estado.

Cuáles son las mejoras

Las deducciones mejoradas son las siguientes:

- Las vinculadas con situaciones personales y familiares (nacimiento, discapacidad y edad, familia numerosa, desempleados, acogimiento de menores, familias monoparentales, y familiares con discapacidad).

- Las que conllevan aplicación de la renta en gastos básicos (por estudios -superiores y no superiores-, por guardería, por alquiler y por enfermedad).

- Las que implican aplicación de renta en inversiones prioritarias en vivienda habitual (por su adquisición, por obras por razón de discapacidad, y por obras de rehabilitación energética).

Los importes de las deducciones suben un 20% (siendo un 40% en el caso de inversión en vivienda habitual y obras por discapacidad en la vivienda), y la ampliación del límite de las rentas alcanza un 10% más, pasando de 39.000 euros a 42.900 euros en tributación individual, y de 52.000 a 57.200 euros en tributación conjunta.

Un extra para afrontar la inflación

Por lo que respecta a la nueva deducción extraordinaria por alza de precios, podrán acceder a ella todos los contribuyentes con rentas inferiores a 30.000 euros en tributación individual, o 40.000 euros en tributación conjunta. Esta deducción contiene tres cuantías fijas de 225, 175 y 125 euros, en función de que la renta del contribuyente sea, respectivamente, inferior a 20.000 euros; igual o superior a 20.000 euros e inferior a 25.000 euros; y, por último, igual o superior a 25.000 euros e inferior a 30.000 euros.

El concepto de rentas hace referencia a las bases liquidables, con lo que, por ejemplo, una base liquidable inferior a 20.000 euros afecta a una persona o familia cuyos ingresos brutos en el certificado del IRPF sean de 25.000 euros en tributación individual; para el tope de 25.000 euros de base liquidable serían más de 30.000 euros de ingresos brutos de renta; mientas que para bases liquidables de hasta 30.000 euros se beneficiarían aquellos contribuyentes cuyos ingresos brutos fueran inferiores a 36.000 euros.

Beneficio para la mayoría

Esta excepcional deducción no está condicionada a un tipo de gasto, pago o situación personal o familiar, pues su finalidad está directamente vinculada con el incremento de precios generalizado que están soportando todos los ciudadanos, en especial, los de rentas medias y bajas, quienes representan un 85% del total de los contribuyentes canarios.

Del mismo modo, entrará en vigor un ajuste de la Tarifa autonómica (escala de gravamen), por la que se incrementan de forma progresiva las bases liquidables de los 5 primeros tramos de la escala, desde un 4,5% para los tramos más bajos de renta hasta un 3,5%, para las bases liquidables de hasta 53.407,21 euros. Este ajuste del gravamen afecta a más del 95% de los contribuyentes canarios, sin exigir ningún requisito adicional.

Específicas por la erupción de La Palma

Además de las medidas de aplicación general citadas hay otras cuatro adicionales por la erupción de La Palma. Las tres primeras están dirigidas a los contribuyentes con residencia habitual en la isla de La Palma que hayan resultado afectados por la erupción volcánica y la cuarta para los residentes en Canarias que contribuyan al realojo de estas personas, en dicha isla.

Estas deducciones, vigentes desde el año 2021, son las siguientes:

1.- Por el mínimo personal, familiar y discapacidad, por un importe equivalente al 10% de las cuantías previstas para estos conceptos estatales y tras aplicar el primer tramo de la escala autonómica.

2.- Por el desarraigo sufrido tras la pérdida de algún inmueble, una cuantía que llega hasta 2.000 euros por cada uno.

3.- Por los gastos de enfermedad, se incrementa el porcentaje de deducción general existente hasta el 35% con exclusión de cualquier límite.

4.- Por la cesión de uso temporal y gratuita de inmuebles ubicados en La Palma, un importe máximo de 1.500 euros por cada bien.

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